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José Ángel Fernández Villa, junto a su hija y su procuradora . ÁLEX PIÑA
La sentencia de Villa allana el camino de los investigadores en el 'caso Hulla'

La sentencia de Villa allana el camino de los investigadores en el 'caso Hulla'

El marco temporal en el que se sucedieron los hechos probados y las consideraciones del tribunal sobre su estado de salud serán vitales para avanzar en la instrucción

ANA MORIYÓN

OVIEDO.

Domingo, 23 de septiembre 2018, 06:20

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La sentencia condenatoria hecha pública el pasado jueves por la Audiencia Provincial considera probado que José Ángel Fernández Villa se aprovechó de su condición de líder sindical y político para utilizar como propios los recursos y el patrimonio del SOMA. Ha quedado demostrado, de hecho, que usó al sindicato en su propio provecho y beneficio durante 23 años, entre 1989 y 2012, y que durante este periodo se apropió de forma indebida de 431.330 euros.

Pero, además, el fallo aclara otras muchas cuestiones trascendentales que sin duda facilitarán la instrucción del 'caso Hulla', en el que el histórico dirigente sindical encabeza una amplia lista de investigados en relación a la obra de la residencia del Montepío de la Minería ejecutada con cargo a los fondos mineros. Un segundo caso aún abierto del que se ocupa el Juzgado de Instrucción número 3 de Oviedo y la Fiscalía Anticorrupción, con el apoyo de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que podría avanzar de forma notable tras esta primera sentencia contra Villa.

El fallo de la Audiencia Provincial pone sobre la mesa cuatro cuestiones básicas que, sin duda, se tendrán en cuenta en la instrucción del 'caso Hulla'. En primer lugar, que los 1,2 millones de euros que regularizó durante la amnistía fiscal de Cristóbal Montoro, cuyo origen trata de esclarecer la Fiscalía Anticorrupción, no proceden de las arcas del sindicato minero. El menoscabo de 431.330 euros que ha quedado demostrado que realizó en la organización sindical no forma parte de esta fortuna oculta al fisco porque -salvo los 250.000 euros que se apropió a través de cheques nominativos- se trata de dinero regularizado que el sindicato ingresaba en sus cuentas personales como gastos de representación, pago de vehículos u otros conceptos que, ahora, ha quedado demostrado que no estaban justificados. Se trata además de una cuantía muy inferior a la que su núcleo familiar blanqueó por lo que, tal y como advertía la dirección actual del propio sindicato minero, queda aún por conocer con exactitud la procedencia de este dinero. Una investigación abierta por la Fiscalía de Investigación que derivó, precisamente, en el 'caso Hulla'.

Pero hay más. La sala ha rechazado que el exsindicalista sufra enfermedad sobrevenida, como defendía su defensa, a cargo de Ana García Boto. La sentencia, que no es firme y está previsto que en los próximos días la letrada presente el correspondiente recurso ante el Tribunal Supremo, determina que, pese a su complicado cuadro médico y que «padece amnesia más o menos intensa sobre los hechos imputados», Villa se encuentra en «plenas facultades mentales» y era consciente de que estaba inmerso en un proceso judicial. Además, añade el fallo, durante el juicio«respondió conforme a sus intereses», «realizó comentarios espontáneos ante la declaración de algunos testigos» y decidió por sí mismo sobre la conveniencia de utilizar su derecho a la última palabra. Una valoración que supone un jarro de agua fría para la estrategia que la defensa mantuvo durante la instrucción y el juicio oral del 'caso Villa' y que también había utilizado durante la investigación del 'caso Hulla'.

Otra de las cuestiones claves que han quedado probadas en esta primera sentencia, y que podría ser de especial relevancia para la instrucción del segundo proceso judicial, es el marco temporal en el que se produce la apropiación indebida. El fallo de la Audiencia Provincial recoge que el exdirigente se apropió del dinero del sindicato minero durante 23 años, concretamente entre 1989 y 2012, un periodo que abarca la etapa en la que tuvieron lugar las gestiones previas, la subvención y la construcción del citado geriátrico de Felechosa, entre 2008 y 2011.

«No se le discutía nada»

Por último, el fallo conocido esta semana es concluyente con respecto a la conducta del exsindicalista. La sala considera probado que Villa, «prevaliéndose de su posición jerárquica sobre el resto de miembros y trabajadores» del SOMA, «que no ponían en duda ni discutían sus decisiones o simples deseos, aprobando incluso su gestión, algunos, tal vez, por desconocimiento», logró apropiarse de los recursos del sindicato como si fueran propios. Una autoridad total con la que ejercía no solo a nivel sindical sino también político de la que la UCO de la Guardia Civil y la Fiscalía Anticorrupción ya habían dejado constancia en sus respectivos escritos en la instrucción del 'caso Hulla', pero que ahora queda reflejada en una sentencia.

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