Coronavirus | Prohíben a abogados y procuradores presentar escritos procesales que no sean de carácter urgente
La medida, tomada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), busca evitar el colapso de los decanatos, en servicio mínimo por el estado de alarma
PABLO SUÁREZ
Miércoles, 18 de marzo 2020, 15:27
Abogados y procuradores solo podrán presentar escritos procesales vinculados a actuaciones judiciales urgentes, siempre de forma telemática. Así lo ha dictado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a fin de evitar un colapso de los decanatos, actualmente en servicios mínimos por el estado de alarma. Según el máximo órgano judicial, mientras se mantenga esta situación «no procede en ningún caso« la presentación de escritos procesales que no sean urgentes o inaplazables.
En este sentido, el CGPJ entiende que ignorar estas prohibiciones y limitaciones «supone contrariar la finalidad de la declaración de estado de alarma, en la medida en que la presentación de un escrito desencadenaría la obligación procesal de proveerlo».
El acuerdo precisa, no obstante, que la suspensión de plazos procesales no impide la adopción de aquellas actuaciones judiciales «que sean necesarias para evitar perjuicios irreparables en los derechos e intereses legítimos de las partes en el proceso».