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Un jabalí yace muerto en medio de la carretera tras ser atropellado por un vehículo. R. C.
Peligro: animales sueltos

Peligro: animales sueltos

Los jabalíes, los corzos y los ciervos, principales implicados en unos siniestros en los que murió una persona y 18 resultaron heridas graves

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Lunes, 5 de marzo 2018, 02:53

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Las especies cinegéticas, excluidas las aves, provocaron 20.492 accidentes de tráfico durante 2017, según datos facilitados por la Dirección General de Tráfico (DGT). En estos mismos siniestros una persona resultó muerta (en Castilla-La Mancha), 18 tuvieron que ser hospitalizadas a consecuencia de las lesiones que presentaban y 308 fueron atendidas sin necesidad de ser ingresadas en un centro sanitario. A estos siniestros hay que sumar todos los atropellos de especies cinegéticas que no son recogidos en los partes de las distintas policías de tráfico y que, por lo general, se saldan únicamente con daños de chapa y la muerte del animal.

Según los datos de la DGT, la especie que más accidentes causó el año pasado en las carreteras españolas fue el jabalí, cuya población crece ya incluso en los alrededores de las grandes ciudades, con 10.141 siniestros. Le siguen los corzos, cuya presencia en las carreteras de montaña se hace muy peligrosa y que protagonizó 7.641 siniestros.

A mayor distancia están los accidentes provocados por los ciervos, con 1.416 siniestros, y los zorros con 726. La quinta especie de animal salvaje implicado en un accidente de tráfico, y que a buen seguro la mayoría de los conductores no sabría distinguir de otro miembro de la familia de los mustélidos, es el tejón, que causó 277 siniestros.

Por comunidades autónomas, a la cabeza de los siniestros causados por especies objeto de caza están Castilla y León con 8.832 accidentes, en los que se incluye el atropello de un oso pardo que es una especie protegida; Galicia con 3.326; y Castilla-La Mancha con 1.923. En el extremo opuesto se encuentran Baleares con tres accidentes; Murcia con 76; y Cantabria con 253.

Según explica el presidente de la Real Federación Española de Caza, Ángel López Maraver, el responsable del accidente de tráfico al atropellar una especie cinegética «es el conductor si no hay actividad cinegética y han pasado doce horas después de la batida. Eso quiere decir que durante el día de la cacería el responsable es el coto donde se ha celebrado la batida, por los movimientos que haya podido generar la acción cinegética. A partir de ahí el responsable es el conductor». Así es desde la modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 2014. Esta normativa añadía que también podrá ser responsable el titular de la vía en la que se produzca el accidente como consecuencia de «no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos».

López Maraver considera que con esa modificación «hemos caminado hacia una legislación mucho menos dura para los cotos de caza. Antes había muchas sociedades de cazadores que abandonaban los cotos porque no podían hacer frente al pago de los seguros». «Entendemos que hay que conducir acorde a la ley y es el responsable de la vía el que debe señalizar adecuadamente», señala.

La fauna salvaje provocó 20.500 accidentes de tráfico durante 2017

«Responde el conductor si no hay actividad cinegética y han pasado doce horas desde la última batida»

Sin embargo, la visión es totalmente distinta desde la perspectiva de los conductores. Para el presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, esa modificación de la Ley de Seguridad Vial «libera de responsabilidad a quien puede poner remedio para evitar que haya estos accidentes», por medio de «cercados o barreras de olor o poner las barreras necesarias para que puedan producir siniestros». «Hasta la reforma, cualquier automovilista que tuviera un accidente podía reclamar la responsabilidad al titular del coto, al propietario de los terrenos o a la administración», recuerda Arnaldo, que culpa de esa modificación a la presión de los cazadores, «porque el trasfondo era un problema económico en los seguros».

Desde AEA recuerdan que una sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo proponía para solventar estas «críticas» a la reforma legal que, como ocurre en otros países, «la cobertura del seguro obligatorio de vehículos a motor alcanzara también en España, con carácter general, a los daños y perjuicios causados por fallecimiento o lesiones del conductor» en los atropellos a especies cinegéticas.

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