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Condenan al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha por no informar a una paciente de que sufría cáncer de mama

La mujer acudió 16 veces a su médico sin que se le remitiera a cirugía hasta un año después de las pruebas

redacción

Miércoles, 28 de mayo 2014, 10:46

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Albacete ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) y a su aseguradora a pagar una indemnización de 120.000 euros por no informar durante más de un año a una paciente de que sufría cáncer de mama, según informa 'El Defensor del Paciente'.

Los hechos tuvieron comienzo cuando la paciente (entonces con 34 años), natural de Almansa (Albacete) y con múltiples antecedentes familiares de cáncer de mama (madre, abuela y tía materna), por iniciativa propia acudió el día 12 de mayo de 2010 al Hospital General de Almansa a que le realizaran una mamografía de control. Dados los resultados de la prueba, los médicos decidieron prescribirle una ecografía, puesto que habían detectado algo que no aparecía en su anterior mamografía (que se había hecho en junio de 2007). Una vez realizada la ecografía el radiólogo actuó según protocolo y remitió el informe de la prueba a su médico de Atención Primaria.

La paciente se quedó confiada y desde mayo de 2010 hasta mayo de 2011 acudió hasta en 16 ocasiones a su médico por distintos dolores y malestar general, y no se le informó de nada. El día 19 de mayo de 2011 le apareció un bulto en una de las mamas y acudió inmediatamente a la consulta de su médico de cabecera. Al entrar en su historia ésta le mostró el informe de radiología de las pruebas realizadas nada menos que un año antes, el día 12 de mayo de 2010, que constataba hallazgos que recomendaban valoración por cirugía, siendo entonces remitida al hospital con urgencia con el siguiente comentario en el informe: "Por motivos que se desconocen la paciente no vino a ver este informe".

Tras varias pruebas y consultas con los cirujanos del Hospital General de Almansa finalmente ingresó el día 22 de agosto de 2011 con el diagnóstico de neoplasia de mama izquierda para someterse a una mastectomía radical, con posterior tratamiento con quimioterapia y reconstrucción mamaria.

Tras acudir a El Defensor del Paciente, que ha gestionado el caso, y ser derivado su caso al letrado Ignacio Martínez, se interpuso una reclamación patrimonial contra el SESCAM por entender que existió un inexcusable incumplimiento del MAP al no haber remitido a cirugía a su paciente en mayo de 2010, en lugar de un año después.

Ante lo palmario de los hechos la defensa de los demandados se basó en que "la responsable del retraso no fue la MAP, sino la propia paciente al no haber reclamado a ésta los resultados de la ecografía en la que saltaban las alarmas", un "argumento" que, según 'El Defensor del Paciente', desmonta la sentencia con contundencia: "en dicho retraso la actora no tuvo una intervención susceptible de romper el nexo causal que determina el nacimiento de dicha responsabilidad como tampoco para valorar su posible concurrencia en dicho retraso de un año al no haber acudido a la consulta a por sus resultados, pues toda la responsabilidad debe recaer en el MAP que acordó la práctica de las pruebas en cuestión, y máxime teniendo en cuenta los antecedentes familiares de la recurrente y que llegó a acudir hasta en 16 ocasiones a consulta y no se detuvieron en consultar adecuadamente los antecedentes de la paciente y en los que habrían comprobado los resultados remitidos, de hecho, y frente a la postura de los codemandados en tal sentido, ningún valor puede darse a la prueba pericial aportada por la aseguradora Zúrich España puesto que no analiza los sistemas de detección existentes en el SESCAM y las circunstancias que con respecto a los mismos se detallan en el informe de Inspección tal y como se pudo comprobar en la declaración del perito de parte al ratificarse en su informe".

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