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Los tres acusados, Raúl Calvo (2D), Víctor Rodríguez (I), y Carlos Cuadrado (2I), acompañados por los abogados de los dos primeros, a su llegada al juzgado. RICARDO ORDÓÑEZ/CAL

Condenan a 38 años a cada futbolista del Arandina por agresión sexual a una menor

Son condenados como autores por los hechos realizados por ellos mismos y como cooperadores por lo realizado por los demás

SUSANA GUTIÉRREZ

Aranda de Duero

Jueves, 12 de diciembre 2019, 00:40

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La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a 38 años de cárcel a cada uno de los tres exjugadores de la Arandina Club de Fútbol acusados de agresión sexual cometida contra una menor de 15 años en noviembre de 2017 en la vivienda que compartían los encausados.

La Audiencia ha notificado este jueves la resolución judicial a los tres acusados -Raúl Calvo, Víctor Rodríguez y Carlos Cuadrado-, quienes se han personado en el edificio judicial poco cantes de las 11.00 horas. La sentencia llega justo dos semanas después de la conclusión del juicio celebrado durante seis sesiones a puerta cerrada.

En concreto, a cada uno de ellos la Audiencia de Burgos les imponen una pena de 38 años de privación de libertad. Se condena a cada uno los acusados como autores de un delito de agresión sexual con acceso carnal en forma bucal respecto de la denunciante en la fecha de los hechos. Se aprecia la existencia de intimidación ambiental por el hecho de haber actuado los tres acusados sobre la víctima, en el piso de éstos, con la luz apagada y por sorpresa, sin que la menor pudiera reaccionar debido a la diferencia de edad y complexión física de los acusados.

Se ha tomado en consideración el testimonio de la denunciante en cuanto resultó corroborado por los de aquellas personas más allegadas y por el informe psicológico. Si bien la postura de la denunciante fue diferente al relatar los hechos a sus conocidos, por influencia de las redes sociales, se aprecia credibilidad a su versión en cuanto refiere que no realizó los hechos voluntariamente. También se considera probado que los acusados conocían que la denunciante tenía menos de 16 años, iba al colegio con uniforme y su madre y otros testigos se lo habían dicho.

Las penas impuestas se corresponden con la aplicación de la doctrina de la cooperación necesaria, y por ello cada uno de los acusados es condenado como autor por los hechos realizados por el mismo y como cooperador por lo realizado por los demás. Se absuelve a todos del delito de proposición de actividades sexuales; y a uno de los acusados, por su madurez similar a la de la víctima (conforme al informe psicológico) y falta de corroboración, del delito de agresión sexual continuada por el que se acusaba.

Vídeo. La mayor condena por una violación grupal.

El máximo cumplimiento de la pena de prisión se fija en 20 años, conforme a lo dispuesto en el Código Penal. Los posibles recursos serán resueltos por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL. Además, se fija una indemnización de 50.000 euros de la cual responderán enforma conjunta y solidaria todos los acusados. Así mismo, se imponen medidas de prohibición de comunicación con la víctima y también libertad vigilada durante 10 años.

Petición de «justicia»

Los hechos que se juzgaban tuvieron lugar en 2017, cuando la menor, entonces de 15 años, acudió al piso que los tres jóvenes compartían en la calle San Francisco de la localidad burgalesa de Aranda de Duero.

El Ministerio Fiscal solicitaba para los tres exjugadores penas que sumaban un total de 118 años de prisión, 40 años de internamiento para Raúl Calvo y 39 para cada uno de los otros dos acusados, Carlos Cuadrado y Víctor Rodríguez, por un delito continuado de agresión a la menor y sendos delitos de agresión sexual a menor. Unas penas a las que añadía una indemnización conjunta y solidaria en favor de la menor, a través de sus padres, de 50.000 euros por el daño moral causado, a los que habría que sumar otros 20.000 euros más por parte de Raúl Calvo por su implicación en los hechos.

La acusación particular solicitaba, por su parte, 20 meses de cárcel para cada uno de los acusados por un delito contra la libertad sexual y 15 años más de prisión para Raúl Calvo por un delito continuado de agresión sexual y la misma pena para los otros dos procesados, por sendos delitos de agresión. Por otra parte, la Asociación Clara Campoamor elevaba hasta los 130 años y seis meses la petición de cárcel conjunta, al solicitar 43 años de internamiento para cada uno de los tres jóvenes.

La vista oral por el caso se celebró en el Palacio de Justicia de Burgos, sede de la Audiencia Provincial, entre el 21 y 28 de noviembre a puerta cerrada, con el objetivo de garantizar en todo momento la privacidad de la menor, que testificó en la sala tras un biombo en la segunda jornada. Los tres exjugadores han defendido a lo largo de todo el proceso su inocencia y llegaron a pedir que «se hiciera justicia» en la última jornada de la vista, cuando los tres jóvenes hicieron uso de su turno de palabra y argumentaron que se enfrentaban a una «denuncia falsa».

La Fiscalía solicita el ingreso en prisión

La Fiscalía Provincial de Burgos ha solicitado el ingreso en prisión de los tres exjugadores de La Arandina y ha pedido a la convocatoria de la comparecencia en prisión prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal respecto a los tres condenados.

Se trata de una vista breve, en la que las partes del procedimiento, Fiscalía, las defensas de los tres condenados y las acusaciones popular y particular, podrán exponer sus razones a favor o en contra del ingreso prisión de los tres jóvenes.

Olga Navarro, letrada de Raúl Calvo, el más joven de los condenados, con 16 años, ha adelantado su intención de oponerse al ingreso en prisión, dado que los tres llevan dos años en libertad provisional y han cumplido «escrupulosamente» todas las condiciones que les han impuesto.

Dos de los miembros de la Manada fichan en el juzgado de Sevilla. EFE

El tribunal escucha al Supremo: no es una violación, sino tres

La condena a 38 años de prisión a cada uno de los tres exfutbolistas de la Arandina, por la agresión sexual a una menor, es muy superior a las dictadas en otras violaciones múltiples porque el tribunal ha atenido a los llamamientos del Supremo: también eres culpable de los delitos de tus compañeros porque eres «cooperador necesario» de su violación. Se trata del principio de la «cooperación necesaria» que el Supremo ya había establecido en numerosas sentencias, pero que fijó como criterio a partir de la sentencia de la Manada de Pamplona y posteriormente ha repetido en varias resoluciones.

La cuestión que planteó el Supremo, de la que tomó nota la Fiscalía y que ahora ha aplicado la Audiencia Provincial de Burgos, es que en casos de violaciones múltiples se puede acusar y condenar a cada uno de los acusados como autores de su agresión y de la que hubieran cometido los otros participantes, en este caso como cooperadores.

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