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Soluciones para no instalarse en el conflicto

TUS DERECHOS ·

ELENA CUERVO Y SUSANA ALFAGEME

Lunes, 16 de mayo 2022, 02:34

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Son muchas ya las ocasiones en las que hemos hablado de la importancia de alcanzar soluciones a los problemas jurídicos a través de la negociación y la búsqueda de acuerdos. Evitar un proceso judicial implica menor coste económico, pero también emocional, lo que tiene mayor relevancia cuando además están implicadas en el asunto personas con las que mantenemos y debemos seguir manteniendo en el futuro vínculos familiares, de convivencia o de contacto.

Además de ser flexibles e intentar negociar y acordar antes de ir a un procedimiento judicial, existen otras alternativas que pueden funcionar incluso cuando esta no surte efecto. Hoy vamos a hablar de una de ellas, la mediación, que tiene la ventaja de poder utilizarse incluso una vez hemos iniciado un proceso judicial y que, todavía hoy, es una gran desconocida. La mediación se caracteriza fundamentalmente por ser un procedimiento voluntario, ágil y flexible. Es un procedimiento voluntario porque son las partes del conflicto las que deciden voluntariamente acudir al mismo para tratar de solucionar el problema. Una vez iniciado, también cualquiera de las partes puede decidir retirarse del mismo cuando lo desee.

Es un procedimiento flexible porque, esencialmente, se adapta a las características y a las necesidades de las partes. Esto implica que pueden proponer, expresar, matizar... todo aquello que crean que guarda relación con el asunto, que les preocupa, que les impida o les permita alcanzar un acuerdo... incluso aunque no lo hayan planteado de forma previa en el proceso judicial. Los únicos límites son el respeto y la buena fe en los que debe basarse todo el procedimiento. La clave del mismo es el diálogo. Por último, es un procedimiento ágil porque implica alcanzar una solución ganando en tiempo y en tranquilidad. La persona que guía el procedimiento de mediación es un profesional especialmente preparado en la materia, que tiene que cumplir con todos los requisitos legales y contar con el título de mediador. Los mediadores son imparciales y neutrales, no tienen ninguna relación con las partes y su función no es la de juzgar o valorar quién tiene razón, sino la de conducir ese diálogo.

Si se alcanza un acuerdo, el juez homologará el mismo y tendrá la misma eficacia que una sentencia, de tal modo que si, a pesar de toda la tramitación, al final una parte no cumpliese lo acordado, la otra podría acudir a la vía judicial para lograr su ejecución. Si no se alcanza un acuerdo, el proceso judicial seguiría su curso. Es importante recordar que se puede acudir a la mediación en cualquier momento del proceso, desde que se inicia hasta su finalización, incluso si se encuentra en fase de ejecución. También puede utilizarse la mediación para resolver una controversia jurídica antes de acudir a la vía judicial con el fin de evitarla.

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