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Las sociedades de Alu Ibérica pasarán en los próximos días a ser gestionadas por un administrador judicial. MARIETA

El administrador judicial de Alu Ibérica dispone de dos meses para analizar la solvencia de la empresa

El abogado y auditor de cuentas gallego Ramón Juega asumirá el control y la gestión de todas las sociedades del Grupo Industrial Riesgo

FERNANDO DEL BUSTO

AVILÉS.

Jueves, 29 de julio 2021, 00:50

El inminente fin del denominado periodo de protección de Alcoa sobre sus antiguas plantas de Avilés y La Coruña, la existencia de indicios de descapitalización ... y despatrimonialización de las empresas y la posibilidad que se encuentren en una situación de insolvencia provocaron que ayer la jueza María Tardón, titular del juzgado central de instrucción número 3 de la Audiencia Central, decretase el nombramiento de un administrador judicial para el Grupo Industrial Riesgo y todas las sociedades que lo forman, tal como ayer avanzó en exclusiva este diario.

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De esta manera, el Grupo Industrial Riesgo queda apartado totalmente de la gestión de Alu Ibérica dentro del proceso iniciado a raíz de la denuncia penal presentada por la Confederación de Cuadros y Profesionales contra Alcoa, Alu Ibérica y Parter Capital a la que, posteriormente, se incorporaron todos los sindicatos del comité de empresa y el Gobierno de España. Con esta medida, la jueza quiere «asegurar la protección del patrimonio de las sociedad intervenidas, así como la protección de los derechos de los acreedores y trabajadores».

La persona designada como administración judicial es el abogado coruñés Ramón Juega Cuesta, un profesional de prestigio ampliamente conocido en Galicia y Asturias, que dispondrá de un plazo de cinco días para asumir sus responsabilidades. La administración tendrá una duración inicial de seis meses, prorrogables por otros tantos siempre que la autoridad judicial lo considera suficiente. En el plazo de dos meses deberán elaborar un informe sobre la situación real de solvencia financiera de ambas empresas. Aunque falta ese informe, la jueza apunta a que las sociedades pueden encontrarse en una situación de «insolvencia actual o inminente en los términos establecidos por la normativa concursal».

Los portavoces del Grupo Industrial Riesgo, que ve como sus directivos son apartados de sus responsabilidades en todas las sociedades que controlan, anunciaron ayer que presentarán un recurso, además de solicitar una aclaración sobre el propio auto. La presentación de los recursos no paralizará la medida, con independencia del sentido de su resolución.

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Indicios de delitos

La jueza explica su decisión por la obligación de «adoptar medidas cautelares» para no evitar posteriormente la efectividad de las posibles declaraciones de responsabilidad. En este sentido, recuerda que, hasta la fecha, la gestión de Doménech y el resto de representantes del Grupo Riesgo presenta indicios de «su presunta participación en los delitos de estafa agravada, insolvencia punible, apropiación indebida, contra la seguridad de los trabajadores y pertenencia a grupo criminal, así como fraude en las subvenciones y el consiguiente blanqueo de los ilícitos capitales detraídos». A lo largo de las once páginas del auto, la jueza también menciona la posibilidad de la existencia de delitos de falsedad documental.

Las evidencias facilitadas a la magistrada muestran indicios de que los gestores de las plantas han realizado una actuación encaminada a la «descapitalización y despatrimonialización» de ambas sociedades en lugar de una buena gestión. De ahí que considere que su continuidad «puede suponer un riesgo para la protección de su patrimonio».

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El auto responde a las diferentes alegaciones de Grupo Industrial Riesgo que define como «documentación dispersa y fragmentada, que se presenta de forma desorganizada, mezclando documentos sobre diferentes temas y, en ocasiones, repitiéndolos». Pero lo sustancial es que «no responde a la información solicitada por los interventores» «ni permite conocer la real situación de las empresas, lo que resulta extremadamente grave, habida cuenta de que llevan sin formular sus cuentas anuales desde 2018».

En este sentido, la jueza se detiene en el informe pericial elaborado por la firma Kroll y que reduce a unas «legítimas alegaciones auto-exculpatorias de los investigados».

Y es que María Tardón recuerda que la documentación sobre la que se basa ese informe ha sido facilitada por los propios imputados «y no ha sido objeto de auditoría, verificación o examen técnico o legal; por lo que no parece razonable que pueda otorgarse mucha fiabilidad a las cifras y conclusiones de tales documentos».

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El auto recuerda que sólo las cuentas anuales, y en concreto el balance, pueden permitir conocer la situación real de una empresa, siempre que hayan sido auditadas por un profesional externo conforme a las normas actuales de auditoría. Sin embargo, hasta el momento desde Alu Ibérica no se ha presentado ningún documento de estas características siendo, además, una de sus obligaciones legales.

Además, se refuerza sus argumentos con los indicios detectados como la utilización de Logiplus Worldwide para contratar servicios y comprar suministros «aplicando un notable incremento del precio respecto al proveedor original», lo que evidenciaría la existencia de prácticas irregulares encaminadas a la descapitalización de la sociedad. En este marco, el próximo sábado, 31 de julio, concluye el denominado periodo de protección, es decir, el plazo de dos años durante el que Alcoa mantenía unas aportaciones financieras para asegurar la actividad de ambas plantas. A partir del 1 de agosto, es el Grupo Industrial Riesgo el único responsable de la gestión y, por esa razón, se opta por el nombramiento del administrador judicial que, además, alcanza a cinco sociedades: las gestoras de las dos plantas (Alu Ibérica LC y Alu Ibérica AVL), las sociedades del grupo en España: Alu Holding Spain y Alu Holding AVL 2019 Spain; la empresa Iberian Green Aluminiun Company, sociedad a través de la que el Grupo Riesgo canalizaba su participación en Alu Ibérica, y la propia matriz del entramado creado por Ricardo Doménech: PM MR 1866.

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La decisión se debe a que todas ellas «forman una misma realidad societaria y la identidad existente entre sus órganos de administración y gestión». Así se indica que no aplicar la medida al conjunto de las sociedades «el objeto de esta medida cautelar podría devenir ilusorio e ineficaz.

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