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En abril de 2022, la plantilla de Alu Ibérica celebró su última asamblea después de aprobar el acuerdo transaccional. MARIETA

El Supremo decidirá «en breve» sobre el caso que bloquea las indemnizaciones de Alu

Vio ayer la reclamación del grupo de empleados excedentes de la fábrica de Galicia que mantiene parado el cobro de los extrabajadores de Alcoa

Miércoles, 21 de junio 2023, 02:17

La sala de lo Social del Tribunal Supremo vio ayer el recurso presentado por un grupo de trabajadores excedentes de Alu Ibérica contra el acuerdo ... transaccional firmado entre la plantilla y Alcoa para cumplir el acuerdo social de 2019 y, al tiempo, firmar el despido de Alu Ibérica. La sala escuchó los argumentos de las partes afectadas, terminando la vista cerca de las tres de la tarde, después de casi cuatro horas de sesión, comprometiéndose a emitir lo más rápidamente posible una resolución, contra la que no cabe recurso.

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No existe un plazo fijo para conocer la decisión del alto tribunal, que debe abordar un tema de gran complejidad y donde las partes expusieron sus argumentos durante la mañana, una vez confirmado que no hubo acuerdo en el acto de conciliación previo entre los tres trabajadores que ha impulsado el proceso y las partes implicadas.

Los tres recurrentes consideran que deben incluirse como parte en este pacto, ya que este se formula, en parte, como la vía de Alcoa para cumplir el acuerdo social de 2019. Ese documento, fijaba una serie de indemnizaciones a la plantilla de Avilés y La Coruña por el cierre de sus fábricas. Posteriormente, el volumen de ese dinero se destinó a financiar la venta de ambas plantas a Parter Capital con el resultado por todo el mundo conocido.

Sindicatos, administración concursal y la multinacional defendieron que se encontraban excluidos del proceso

Ante la deriva de la nueva gestión de Alu Ibérica, el comité de empresa de Avilés y La Coruña recurrió ante la Audiencia Nacional acusando a Alcoa ante la sala de lo Social de haber incumplido el acuerdo social.

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La sentencia, calificada en su momento como histórica, consideraba que Alcoa no había cumplido el acuerdo social por no haber vendido las instalaciones a un comprador serio, solvente y fiable. La multinacional presentó un recurso contra la decisión de la Audiencia Nacional.

La quiebra de Alu Ibérica ofreció la oportunidad para recuperar el acuerdo social. Cuando los trabajadores de Avilés y La Coruña se preparan para negociar el despido con la administración concursal, Alcoa ofreció la posibilidad de firmar un crédito con Alu Ibérica con una serie de condiciones.

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Así, la multinacional aportaría las cantidades fijadas en el pacto social a cada uno de los trabajadores, estos, en un compromiso firmado de manera personal, asumían que de esta manera se ejecutaba la sentencia de la Audiencia Nacional, además de retirar las acusaciones penales contra los altos directivos de Alcoa España y no realizar ninguna declaración crítica contra la empresa.

Además, su antigua empresa retiraría el recurso contra la sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional. El crédito se incorporaría a la deuda de Alu Ibérica, pero sería el último en ser devuelto. En grandes rasgos este es el contenido del llamado acuerdo transaccional.

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En su negociación, los sindicatos intentaron incluir a los trabajadores excedentes, si bien la negativa de Alcoa fue firme. Argumentó que era personal fuera de la compañía y, por lo tanto, no debía beneficiarse del proceso.

De esta manera, en la vista de ayer, tanto los representantes de Alcoa, como la administración concursal, como los sindicatos (también se encontraban demandados) mantuvieron una misma línea argumental.

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Así sus equipos jurídicos explicaron que los excedentes habían abandonado Alu Ibérica antes de su quiebra de manera voluntaria, recibiendo las indemnizaciones legales y, en los casos de incapacidad permanente, los complementos recogidos en el convenio colectivo vigente. Y, al estar fuera de la empresa en el momento del Expediente de Regulación de Empleo de Extinción no podían beneficiarse de él, ya que no serían despedidos porque no formaban parte de la plantilla, que se encuentra perjudicada por la presentación del recurso.

En ese argumento, los equipos jurídicos de los sindicatos introdujeron algunos matices. Así, la representación de USO señaló que si los tres afectados consideraban que debían reclamar los derechos derivados del acuerdo social de 2019, deberían solicitar la ejecución de ese sentencia en la Audiencia Nacional, no acudir a un proceso que apoyaron de una manera mayoritaria los trabajadores de Alu Ibérica.

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