Archivan la querella contra Ortega Smith por atacar a las Trece Rosas
La presidenta de la asociación asturiana que planteó la demanda defenderá ante la directiva recurrir la decisión del Supremo
J. L. GONZÁLEZ / AGENCIAS
GIJÓN.
Viernes, 27 de noviembre 2020, 01:33
Decir que las Trece Rosas, el grupo de militantes de izquierdas fusiladas por el régimen de Franco en 1939 habían «torturado, asesinado y violado vilmente» no es constitutivo de delito de incitación al odio, calumnias e injurias graves. Así lo cree al menos el Tribunal Supremo, que ha decidido rechazar la querella contra el diputado de Vox Javier Ortega Smith por realizar estas manifestaciones en un programa de televisión. La asociación asturiana Trece Rosas, que fue quien llevó a los tribunales las manifestaciones del político de extrema derecha, debatirá en los próximos días qué postura adoptar ahora, aunque su presidenta, Laura Díez, defenderá recurrir la decisión del alto tribunal. «No entiendo que se pueda decir eso y que no haya delito», señaló ayer, poco después de conocer la decisión del Supremo.
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La Fiscalía informó el pasado mes de julio a favor de que se abriera una investigación a Ortega Smith en el Tribunal Supremo, ante el que se encuentra aforado por su condición de diputado en el Congreso, por un delito de odio por estas palabras. En su escrito, señaló que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos recuerda en su sentencia de 6 de julio de 2006 que es de vital importancia que los políticos, en sus discursos públicos, eviten difundir palabras susceptibles de fomentar la intolerancia, generando un sentimiento lesivo para la dignidad de los aludidos y un riesgo para los derechos de terceros y el sistema de libertades.
Sin embargo, la Sala, que no comparte este criterio, explica que la función jurisdiccional consiste, en estos casos, «en valorar, atendiendo a las circunstancias concurrentes, y la expresión de las ideas vertidas», si lo manifestado encaja dentro del ejercicio legítimo de la libertad de expresión o, por el contrario, «la expresión es atentatoria a los derechos y a la dignidad de las personas a que se refiere».
Añade que para poder sancionar la conducta es necesario que la difusión de ideas implique una incitación o una provocación al odio a determinados grupos por motivos racistas, antisemitas o ideológicos, «de manera que represente un peligro cierto de generar un clima de violencia y hostilidad que puede concretarse en actos específicos».
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