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Tus derechos

El control de acceso a plataformas de contenido para adultos

El Gobierno acaba de presentar la Cartera Digital Beta, una aplicación que inmediatamente, demostrando una vez más el buen humor que somos capaces en este país de aplicar a todo, ha recibido un nombre singular por el que ya es conocida en redes. Este «pasaporte», que se precisará para acceder a las páginas de contenido para adultos, es mucho más que eso y las razones que lo avalan son mucho más serias. La cuestión es, sin embargo y una vez más, si es una solución eficaz o, al final, para salvar a los jóvenes, cerramos ámbitos de libertad a aquellos a quienes ya afecta la brecha digital.

Domingo, 14 de julio 2024, 20:30

El verano pasado, en un camping cercano al lugar donde yo me encontraba, un grupo niños, que comprendían edades aproximadamente entre los seis y los ... doce años, se reunían para jugar juntos al final de cada tarde en el ámbito seguro del recinto. Era evidente para todos los ocupantes del sitio porque un conjunto de criaturas en esa edad no se mantenían precisamente ni quietos ni callados. Por este motivo una tarde llamó la atención de los padres y del resto de residentes el silencio y la tranquilidad absoluta. ¿Dónde estarán metidos los guajes que no se les ve por ninguna parte? Ante la duda, la preocupación y la sospecha de que algo podía haberles sucedido o podían estar tramando les buscaron y les encontraron sentados entre unos arbustos con un móvil en la mano viendo vídeos de páginas para adultos, es decir, contenido porno.

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¿Por qué ocurre esto? ¿Es una excepción? ¿Es necesario adoptar medidas? ¿Qué soluciones se pueden establecer? Todas estas cuestiones se llevan planteando desde hace tiempo no sólo en el ámbito de nuestro Estado sino también en instancias europeas y existen diversas medidas pensadas y que ya han iniciado el camino de ponerse en funcionamiento. Y las razones son claras y se basan en estadísticas que, al menos desde mi opinión, son ciertamente alarmantes. Según los datos que ofrece el Ministerio del Interior y el Ministerio de Juventus e Infancia, actualmente el rango de edad en el que se consume pornografía por primera vez se sitúa entre los nueve y los once años y siete de cada diez adolescentes consumen pornografía de forma regular en España. Este consumo se realiza fundamentalmente a través de sus teléfonos móviles a través de mensajería instantánea, páginas web o redes sociales. Relacionado con este dato hay que otro de suma importancia: los niños tienen su primer móvil a los once años de edad de media en muchas ocasiones con acceso a Internet sin excesivo control ni limitaciones.

Aunque estos números ya hablan por sí mismos desde mi punto de vista, lo importante es valorar las consecuencias reales. Son varias y muy claras. Según determinan los datos de la ONG Save the Children y la Fiscalía General del Estado, el noventa por ciento de los jóvenes entre dieciocho y veintiséis años consideran que el porno es una imagen fiel de lo que es la sexualidad real. Si tenemos en cuenta que además el treinta por ciento afirma que es su única fuente de información afectivo-sexual, no es de extrañar que finalmente la mitad de estos jóvenes actúen por imitación empleando además patrones de dominación del hombre sobre la mujer. El efecto final es el aumento de las agresiones sexuales cometidas por menores que se han más que duplicado en los últimos cinco años. Aún así, aunque la situación no llegue tan lejos, ese consumo temprano de la pornografía conlleva una distorsión de la percepción de la sexualidad, un grave riesgo de adicción que luego continúan sufriendo de adultos y, en general, problemas emocionales y sexuales.

Sin duda es un problema sumamente complejo y las soluciones, como es obvio, también. El primer peldaño son los hogares y la educación. Educación entendida en un amplio sentido, educación que abarque la igualdad de trato en todos los ámbitos, las relaciones afectivas y sexuales, el uso de dispositivos móviles, Internet y redes sociales, el establecimiento de normas y controles de este uso por los menores... El segundo peldaño son las normas. Normas que regulen el funcionamiento de este tipo de páginas que ofertan estos contenidos porque, obviamente, para ellos es un negocio pero, en la medida que afecta y puede ser perjudicial para otras personas, es necesario ponerle límites. Del mismo modo que se prohíbe la venta de alcohol o de tabaco a menores o se delimita su consumo o se advierte de sus consecuencias. Ahora bien, ¿cómo ha de hacerse? La respuesta también es complicada precisamente porque ya tenemos experiencias previas. En los otros ejemplos que he mencionado, alcohol y tabaco, existe regulación pero, sin duda, no está funcionando del todo. En el ámbito de la pornografía nos encontramos además con la dificultad de que su acceso es hoy en día excesivamente fácil. Basta con tener una conexión a Internet. ¿Cómo entonces vamos a poner puertas al campo? La propuesta del Gobierno se fundamenta en el establecimiento de un sistema de verificación de la mayoría de edad de la persona que pretenda acceder a ese contenido.

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Para ello han ideado una app, la Cartera Digital Beta, que estará disponible para dispositivos IOS y Android, cuya finalidad es la de almacenar la credencial de mayoría de edad. Esta credencial la emite el Gobierno una vez hemos autenticado la edad empleando un documento oficial como, por ejemplo, el DNI electrónico. Una vez hecho este paso, ya se puede solicitar la generación de credenciales de acceso otorgadas por la Secretaría General de Administración Digital. Como es lógico, y no puede ser de otra manera en aplicación de los principios de protección de datos, se sigue un protocolo seguro en el que nadie conocerá los datos del solicitante. Lo único que importa realmente es que sea mayor de edad. Está previsto que se emitan treinta lotes de credenciales verificables de mayoría de edad que tendrán un mes de vigencia. Cada una de ellas se puede utilizar hasta un máximo de diez veces en el mismo sitio Web. Con esta regulación tan concreta se pretenden conseguir dos objetivos: por un lado, el acceso al móvil y a la app se hace con reconocimiento facial y dactilar de la persona que previamente ha acreditado la mayoría de edad, lo que pretende evitar el acceso de menores y, por otro lado, la limitación de acceso a la misma web lo que busca es evitar que las plataformas puedan conocer los hábitos de consumo de un usuario concreto con la finalidad de perfilarlo y aprovechar ese conocimiento.

Si se consume todo el lote antes del transcurso de ese mes de vigencia se podrá solicitar más a la app. El acceso a una web en concreto se produce del modo siguiente: cuando el usuario visite la página aparecerá un código QR que tiene que escanear en su móvil. Con el escaneo se abre la Cartera Digital y se permite presentar la credencial de acceso, como decíamos antes, previo escaneo facial o de huella dactilar que asegura que quien accede a la app es precisamente la persona mayor de edad titular de esas credenciales. De esta forma la app funciona como una especie de pasaporte «online».

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En principio, parece que estará disponible para su uso aproximadamente dentro de un par de meses, es decir, para finales de verano y no sólo va a servir para esto. Está previsto que un futuro en esta Cartera Digital también podamos almacenar otros documentos digitales como certificados de empadronamiento o títulos académicos. España está siendo pionera al instalar este tipo de solución aunque realmente se inserta dentro de una estrategia europea más amplia que se espera implantar en el año 2027.

La pega esencial de la puesta en marcha de esta app es que resulta aplicable únicamente por el momento a las plataformas de intercambio de contenido para adultos establecidas en España, lo que resta eficacia dado que estas páginas no son las más usadas por los internautas. El Instituto Nacional de Ciberseguridad, para solucionar en parte este problema, gestionará un listado de páginas con contenido para adultos no sometidas a la jurisdicción española con el objetivo de que los navegadores verifiquen la mayoría de edad de los usuarios. Es difícil valorar a priori ventajas e inconvenientes y hacer una valoración del futuro funcionamiento de esta app pero, ya de mano, se me ocurren varias cosas. Sin duda, considero que, atendiendo a los números de las estadísticas que indican claramente que el control en los hogares es insuficiente, es necesario impedir el acceso a contenido pornográfico a los menores y ello por aplicación de principios como el del interés supremo del menor y como forma de evitarles futuros problemas personales emocionales y sexuales o problemas sociales relacionados con delincuencia sexual.

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Ahora bien, siendo necesario controlar que el acceso se realizar por usuarios mayores de edad, a mí personalmente me surgen dudas con otras cuestiones como, por ejemplo, ¿por qué treinta lotes de credenciales?, ¿por qué limitar la vigencia a un mes?, ¿realmente existe un protocolo claro para evitar hacer un registro y un control de solicitudes de credenciales dado que lo único que interesa es la edad y no el resto de datos de los solicitantes?, ¿no dificultamos con tanta tecnología el acceso a personas que no se manejan bien en el uso de estos sistemas?...

En definitiva, y partiendo de todas las consideraciones negativas que me puede sugerir el contenido de este tipo de páginas y que forman parte tan sólo de una opinión muy personal, ¿no estamos controlando y limitando la libertad de las personas adultas aprovechando el argumento de limitar el acceso a los menores? ¿No estamos impidiendo el uso a personas que no controlan tanto el funcionamiento de apps, códigos QR, escaneos..., en definitiva de las personas mayores? Yo tengo clara la respuesta y también la sensación de que ojalá se aplicara este nivel de seguridad para otras cuestiones importantes como el acceso a las cuentas bancarias «online».

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