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Un control de tráfico en Langreo J. C. Román

Coronavirus en Asturias | Las condiciones del cierre perimetral de Langreo, San Martín del Rey Aurelio y Laviana

Las restricciones a la entrada y salida se aplicarán por separado para cada uno de los tres municipios para ser más efectivas en la disminución de la movilidad y las limitaciones entrarán en vigor a partir del viernes

EL COMERCIO

Gijón

Jueves, 19 de noviembre 2020, 19:25

El comité de crisis de la covid-19 acordó el pasado lunes el cierre perimetral de Langreo, San Martín del Rey Aurelio y Laviana para tratar de frenar la expansión del coronavirus en estas zonas. Este jueves el presidente del Gobierno del Principado, Adrián Barbón, ha firmado el decreto que regulará estas limitaciones, que permanecerán en vigor desde la medianoche del viernes hasta las 24 horas del 3 de diciembre. Como ya ocurre en Oviedo, Gijón y Avilés, se impondrán restricciones a la entrada y salida de cada uno de los tres concejos

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La elección de estos tres ayuntamientos de la cuenca del Nalón, vecinos geográficamente y con una intensa relación entre ellos, responde al empeoramiento de la evolución epidémica. Según los datos del pasado miércoles la ocupación de camas en el Hospital Valle del Nalón alcanza el 90%. Si el porcentaje se calcula sobre camas covid, se eleva al 95,7%, y si se estima sobre camas covid de la unidad de cuidados intensivos, llega al 100%. Por otro lado, la incidencia acumulada a 14 días supera el millar de casos por cada 100.000 habitantes en los tres municipios. De nuevo con datos del miércoles, la tasa de Laviana era de 1.364; la de San Martín, de 1.076, y la de Langreo, de 1.035. En todos ellos procede hablar, por tanto, de riesgo muy alto.

Cierre perimetral individual de cada concejo

El cierre perimetral afectará por separado a cada uno de los concejos para que reduzca la movilidad y la interacción social, objetivo último de la medida.

Duración

El plazo de vigencia se ha acortado a 13 días naturales (lo habitual son 15) para que finalice al mismo tiempo que los cierres de Oviedo, Gijón y Avilés y las limitaciones a la actividad económica. De este modo, las autoridades sanitarias podrán realizar una evaluación conjunta y acompasar la toma de las nuevas decisiones que procedan.

Restricción de entradas y salidas

Se restringe la entrada y salida de personas del ámbito territorial de cada uno de los concejos de Langreo, San Martín del Rey Aurelio y Laviana, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

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a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

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g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Otras excepciones

Serán causa justificada para la entrada y salida en los concejos referidos, además, las siguientes, aunque únicamente habilitarán al desplazamiento durante el tiempo indispensable para la actividad, una vez al día y nunca durante el período de restricción nocturna de movilidad:

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a) Entrenamientos y competiciones en actividad deportiva federada.

b) Actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales domésticos.

c) Adquisición de alimentos o productos de primera necesidad por quienes tengan su residencia habitual en localidades que, siendo de otro concejo, carezcan de establecimientos que permitan la adquisición de tales productos y sean localidades limítrofes con los municipios restringidos.

Toque de queda

La restricción de entrada y salida referida en el apartado 1 se producirá, sin perjuicio de posibles prórrogas, desde las 0 horas del 21 de noviembre de 2020 hasta las 24 horas del día 3 de diciembre de 2020.

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Causas acreditadas

Las causas de excepción a la restricción deberán ser acreditadas por quien las afirme con documentos hábiles en el tráfico jurídico.

Se permite atravesar los municipios

No estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales afectados por el cierre.

Posibilidad de prórroga

La prórroga de estas medidas será acordada, en su caso, por la autoridad competente delegada, a propuesta del Consejero de Salud.

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