Un juez de Mieres reconoce el riesgo de lactancia a una enfermera de Urgencias
El sindicato Satse elevó la demanda judicial una vez agotada la vía administrativa por parte de la profesional
EFE
MIeres
Viernes, 4 de diciembre 2020, 16:14
Un juez de Mieres ha reconocido el derecho de una enfermera del servicio de Urgencias a percibir la prestación de riesgo durante la lactancia natural al estimar que, especialmente en la situación actual de crisis sanitaria por el coronavirus, hay que actuar con «extrema cautela» para evitar cualquier posible contagio y transmitirlo al bebé.
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El titular del Juzgado de lo Social de Mieres ha estimado la argumentación del Sindicato de Enfermería de Asturias (SATSE) que, una vez agotada la vía administrativa, presentó una demanda para reconocer este derecho contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) y una mutua.
La enfermera dio a luz a una niña el pasado 24 de julio y el 20 de agosto solicitó la declaración de situación de riesgo por estar dando lactancia natural al bebé y contar con un informe favorable del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. El documento especificaba que la profesional, debido a su trabajo, se hallaba expuesta a agentes biológicos por contacto y /o exposición a sangre, secreciones, excreciones y otros fluidos biológicos de personas infectadas, a través de pinchazos, salpicaduras, aerosoles o gotas.
Los riesgos
Además, el documento reflejaba que se incrementa la posibilidad de transmisión de agentes patógenos por contacto con suciedad o heces debido a que algunos de los pacientes podían presentar al momento del ingreso malas condiciones higiénico-sanitarias.
También certifica que la enfermera se hallaba expuesta a radiaciones ionizantes durante la realización de pruebas de rayos x con aparatos portátiles a Ios pacientes ingresados en Urgencias por razón de una eventual distracción o mala praxis de otros profesionales cuando utilizan el portátil en Urgencias sin aviso o aI acompañar a pacientes a exploraciones radiológicas.
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La decisión judicial
El juez acoge este informe y recuerda que algunos estudios se muestran partidarios de que los recién nacidos sean separados de la madre e incluso da cuenta de sociedades de neonatología que recomiendan la separación del bebé en casos de madres sintomáticas con infección confirmada o posible.
También expone que hay otros estudios que en caso de infección de la madre consideran conveniente un aislamiento entre 14 ó 21 días para evitar infección del recién nacido, pasando por otros que claramente prohíben la lactancia en caso de que la madre esté sometida a tratamiento vírico.
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El juez argumenta en la sentencia que ante la indeterminación a que da pie la ausencia de criterio médico que pudiera determinar «sin fisuras» el ámbito de riesgo que respecto de la lactancia y el recién nacido representa una enfermedad extremadamente contagiosa de la que «no se sabe todo y con incidencia muy dispar en la salud humana» obliga a actuar con «extrema cautela».
Por ello, reconoce la existencia de riesgo en un ámbito como el sanitario que se halla especialmente expuesto, máxime, explica «el destinado en la primera línea de urgencias». La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA)
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