El TSJA da la razón a CCOO contra el Ayuntamiento de Teverga por irregularidades en un proceso selectivo
El sindicato impugnó las bases reguladoras del proceso para la provisión de becas y contratos programa para jóvenes titulados en las que la única candidata era la hija del alcalde Belarmino Arias
europa press
Martes, 30 de diciembre 2014, 21:59
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, mediante Sentencia de Apelación, ha confirmado este martes la Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Oviedo, dando así la razón al sindicato Comisiones Obreras, que impugnó las bases reguladoras del proceso selectivo para la provisión de becas y contratos programa de primera experiencia laboral de jóvenes titulados con compromiso de contratación, elaboradas por el Ayuntamiento de Teverga, en las que resultó como única candidata la hija del alcalde Belarmino Arias.
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En una nota de prensa, el sindicato ha explicado que en mayo de 2014 se impugnaron varias Resoluciones de la Alcaldía, una de ellas, por no justificar la necesidad de una concreta titulación Ingeniero Técnico Forestal, y según la sentencia "perjudicando con la misma las expectativas generadas a los jóvenes titulados desempleados por una convocatoria para cubrir plazas del Plan de Empleo Local".
Se unió a esta resolución otra por restringir la búsqueda de candidatos al ámbito municipal de Teverga, lo que "resulta la vulneración de los principios constitucionales que deben regir toda convocatoria de acceso a un empleo público".
También por no poseer la candidata, hija del alcalde, la titulación exigida en materia de Prevención de Riesgos laborales "teniendo un claro efecto discriminador, al igualar indebidamente a quien se encuentra en periodo de formación para adquirir unos conocimientos que le son requeridos para participar en el proceso selectivo con aquella persona que por haber culminado tal formación ya reúne el requisito exigido".
Según la Sentencia del TSJ, que no tiene recurso, se confirma la sentencia de primera instancia en todos sus términos condenando además al Ayuntamiento a las costas procesales.
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