Suceso en Tineo
Acepta seis meses de prisión por un accidente laboral en el que resultó herido su hijoTendrá que abonar una multa de 1.440 euros. El accidente se produjo por el uso de un equipo de trabajo que no cumplía con las exigencias mínimas de seguridad
E. C.
Viernes, 21 de abril 2023, 15:22
Un empresario de Tineo ha aceptado una condena de 6 meses de prisión y el pago de una multa de 1.440 euros como administrador único de una empresa en la que un trabajador sufrió un accidente laboral en febrero de 2021. En el suceso resultó herido su hijo y las investigaciones determinaron que se produjo como consecuencia del uso de un equipo de trabajo que no cumplía con las exigencias mínimas de seguridad, unido a la decisión del trabajador de ajustar la máquina durante el funcionamiento y sin detenerla previamente.
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La empresa se dedicaba al comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos y su centro de trabajo estaba localizado en Tineo. El acusado era también el jefe de los cinco trabajadores de la plantilla. En la compañía, utilizaban de forma habitual una máquina rebobinadora de plástico que no se encontraba incluida en la evaluación de riesgos de la misma, por lo que no se había adoptado ninguna disposición de seguridad en relación con esta herramienta.
Según recoge el escrito de la Fiscalía en el Juzgado de lo Penal nº 3 de Oviedo, entre las 12 y las 12.25 horas del 26 de febrero de 2021, el hijo del acusado y trabajador de la empresa comercial, se dispuso a preparar bobinas de plástico y, cuando advirtió que la máquina no funcionaba correctamente, procedió a ajustar el tubo con la mano sin detener la misma, actuando en confianza de que le daba tiempo a hacerlo. No obstante, en ese momento el eje giratorio le alcanzó el puño de la manga de la chaqueta, atrapándole el brazo derecho, hasta que un compañero detuvo la máquina. El trabajador sufrió lesiones que precisaron de intervención quirúrgica.
El accidente, por tanto, tuvo lugar por utilizar un equipo de trabajo que no cumplía las exigencias mínimas de seguridad, unido a la decisión del trabajador de ajustar la máquina durante su funcionamiento y, por tanto, sin detenerla previamente. Las lesiones, en consecuencia, se produjeron por la intervención directa de su padre, que era conocedor de que no debía manipular la máquina durante el funcionamiento de la misma. El trabajador ha renunciado al ejercicio de acciones civiles y penales contra el acusado. Los trabajadores han estado expuestos al riesgo de atrapamiento en el uso de este equipo de trabajo. Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito contra la vida y la salud de los trabajadores, previsto y penado en el artículo 316, en relación con el 318 del Código Penal.
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