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Panorámica de la playa de La Espasa, en Caravia, afectada por la revisión de la ordenanza.

Multas de hasta 300 euros en Caravia por llevar el perro a la playa

El equipo de gobierno ha modificado la ordenanza que regula el uso de los arenales del concejo durante la temporada de verano

A. INGUANZO

Miércoles, 11 de mayo 2016, 00:24

El Ayuntamiento de Caravia ha sacado a información pública la última modificación de la ordenanza reguladora del uso y aprovechamiento de las playas del concejo, tras comprobar la existencia de algunos flecos sueltos en la última revisión realizada. En ella se prevén sanciones de entre 50 y 300 euros por cometer infracciones leves o graves en relación a una serie de prohibiciones como son, en especial, la presencia de animales domésticos en estos rincones y su entorno. El equipo de gobierno que encabeza la popular Salomé Samartino ha querido adaptar la normativa existente para marcar con exactitud los horarios, las zonas y las condiciones en las que se permitirá la presencia de animales domésticos en la playa (arenales y dunas), asemejándola además a la que regula el resto de espacios públicos. La alcaldesa valora que la que ahora aprueban es una de las ordenanzas más permisivas de toda la zona, en relación a la presencia de perros. Se sancionará, principalmente, a las personas que no recojan los excrementos de sus mascotas, las lleven sueltas o no respeten los horarios y las zonas permitidas, aclara. Y es que lo que el Consistorio busca con esta modificación es ser más permisivos, por ejemplo en los horarios, sin renunciar a que la gente sepa que tiene que cumplir una serie de normas.

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Queda restringido por tanto el acceso y la presencia de animales de compañía desde el 1 de junio al 30 de septiembre, en horario de 9 horas a 21 horas. Se exceptúa de lo anterior los perros guía o perros destinados a trabajos y salvamento o auxilio a personas necesitadas. Eso sí, en los paseos marítimos y en las zonas próximas a los accesos a las playas se permitirá la presencia de animales de compañía siempre que vayan sujetos por una trailla o correa, evitando causar molestias a las personas, acercarse a los juegos infantiles, penetrar en macizos ajardinados o fuentes. Además se prohíbe expresamente la presencia de caballos, a excepción de los que transiten por un tramo del Camino de Santiago, en zonas peatonales que bordean los arenales o estos mismos, entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, Semana Santa y el puente del día del trabajo. Se sancionarán también actividades como el vertido y depósito de materias contaminantes, realizar barbacoas, la varada o permanencia de cualquier tipo de embarcación fuera de las zonas balizadas, la venta ambulante de productos alimenticios sin autorización municipal o limpiar enseres de cocinar en las duchas, entre otras.

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