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La directora de la granja escuela Palacio de Bouza, de gris, flanqueada por sus abogados antes del juicio que se celebró en abril de 2021 en Avilés. Marieta

Ratificadas las condenas de cárcel a la directora y a una monitora por la muerte del pequeño Izan en Soto

La Audiencia Provincial avala las penas de prisión para ambas y aumenta a 400.000 euros la indemnización que deben pagarle a los padres del menor

A. L. J.

Avilés

Viernes, 28 de abril 2023, 17:26

La jueza de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Asturias ha ratificado la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal Número 2 de Avilés de dieciséis meses de prisión a la directora de la granja escuela Palacio de Bouza de Riberas, en Soto del Barco, y a dieciocho meses de cárcel a la monitora jefe que se encontraba a cargo del recinto cuando el niño Izan Álvarez, de cinco años, falleció ahogado en la piscina del campamento el 25 de julio de 2017.

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La sentencia consideró a ambas mujeres culpables de un delito de homicidio por imprudencia grave y ahora la Audiencia Privincial confirma dicha pena, desestimando los recursos interpuestos por ambas condenadas. Tampoco acepta el recurso de la familia, que pedía un aumento de la pena de cárcel, lo que sí acepta es un incremento de la indemnización que la directora y la monitora jefe deberán pagar a los padres de Izan, que pasa de 150.000 a 400.000 euros en concepto de responsabilidad civil que deberán pagar entre las dos condenadas, 100.000 euros para cada progenitor.

Queda ratificado igualmente que la entidad mercantil titular de la granja escuela responderá subsidiariamente del pago del importe de la responsabilidad civil a los progenitores. Además, se decreta su inhabilitación para el desarrollo de las actividades de ocio y tiempolibre dirigidas a menores de edad durante tres años y seis meses.

Tampoco hay cambios en la decisión del Juzgado de Avilés sobre las dos monitoras con contrato en prácticas que se encontraban trabajando en la piscina cuando sucedió el terrible desenlace, así como el dueño de la empresa gestora de la instalación, que fueron absueltos del delito de homicidio por el delito de imprudencia grave del que se les acusaba.

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