¿Quieres despedir a tu mascota? Puedes hacerlo en el nuevo canal de EL COMERCIO

Debates equivocados

En relación con la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, hablar sólo del tamaño de las penas es esconder la cabeza debajo del ala

A la vez que escuchaba la algarabía de nuestros representantes pronunciándose a propósito de la nueva Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, atendía atónito ... a noticias de violaciones de niñas por parte de grupos de menores, primero en Badalona, después en Alicante. La desinformación sufrida sobre la ley, desde que entrara en vigor, y los innumerables comentarios generados desde diferentes ámbitos sobre los efectos no deseados en su aplicación me suscitan algunas reflexiones. Representantes políticos de todas las naturalezas, tertulianos de oficio, periodistas de beneficio, magistrados de los imprevisibles arbitrios, juristas entendidos, famosos insustanciales y público desentendido en general han opinado sobre esta Ley. ¿Se han leído la Ley los opinantes? Repaso noticias, artículos y declaraciones y llego a la conclusión de que la inmensa mayoría de los comentarios, valoraciones, críticas o descalificaciones han estado centradas en lo penal, es decir, en la afectación del nuevo margen de penas. La mayoría de las opiniones o declaraciones han tomado esta Ley (tan necesaria) como herramienta para golpear al contrario, como arma arrojadiza de descrédito o reprobación, como oportunidad electoralista, como penosa muestra de vileza y mediocridad manifiestas. Nada sobre los contenidos, los novedosos avances, la correspondencia de la ley con los tratados internacionales (la norma ha sido puesta como «ejemplo» por parte del Parlamento Europeo o la ONU en cuanto a protección de la mujer y en cumplimiento del Convenio de Estambul). Sólo penas, sólo años de cárcel.

Publicidad

Pronto se evidenció que la Ley necesitaba ajustes técnicos que deberían haberse producido de manera fulminante, pero unos por soberbios, otros por pusilánimes y la mayoría por oportunistas, consiguieron ralentizar las soluciones. Esta ley orgánica consta de un título preliminar, ocho títulos, cinco disposiciones adicionales, una disposición transitoria, y veinticinco disposiciones finales, adoptando una perspectiva integral y novedosa en el ámbito de las violencias sexuales. Tiene impacto en los ámbitos laborales y en la definición de los delitos, pues se elimina la distinción entre agresión y abuso sexual y pasan a denominarse agresiones sexuales todas aquellas conductas que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de la otra persona. Sumisión química o delitos en redes son otras de sus novedades. Se proporciona, además, una nueva definición del consentimiento. Otras disposiciones afectan a prostitución, exhibicionismo y provocación o explotación y corrupción de menores. En fin, que en la Ley hay mucho contenido que ha brillado por su ausencia en valoraciones y comentarios. Sólo penas, sólo años de cárcel.

¿Por qué se me antoja desinformación o banalidad hablar únicamente de penas a la hora de tratar el terrible problema de los delitos sexuales? La pregunta me surge cada vez que escucho la noticia de un nuevo delito sexual. ¿Se hubiera evitado el delito si las penas hubieran sido mayores? ¿Realmente los violadores, adultos o niños, consideran el tamaño de la pena a la hora de cometer los delitos? El número de delitos sexuales cometidos por menores de edad ha ascendido un 170% desde 2013. Y subiendo. Creo que aquí debería centrarse el debate y que los cientos de horas de comentarios, artículos y tertulias dedicados a ataques personales, descalificaciones, respuestas soberbias y populismos rancios apuntando únicamente a las penas deberían dedicarse a analizar esta terrible realidad. Esto no va de más o menos años de cárcel.

Siete de cada diez adolescentes consumen pornografía, a la que acceden por primera vez a los doce años. Los adolescentes ven pornografía por primera vez a los doce años y un 68% consume contenidos sexuales frecuentemente. Este consumo se produce a través del móvil en la intimidad (94%) y se centra en contenidos gratuitos basados en la violencia y la desigualdad. Son datos de la ONG Save the Children, quien analiza tanto los intercambios de archivos entre compañeros y la búsqueda activa como el encuentro casual durante la navegación. La relación de los niños a una edad cada vez más temprana con los contenidos pornográficos, como consecuencia del manejo de móviles de manera excesivamente incipiente e incontrolada por parte de los padres, no cabe duda de que guarda relación estrecha con el aumento de los delitos sexuales cometidos por niños. Las discusiones sobre las últimas violaciones cometidas por menores se han centrado, principalmente, en si éstos deberían o no entrar en la cárcel o en a qué edad deberíamos encarcelarlos. De nuevo las penas en el centro del debate. Pienso que deberíamos centrarnos en los entornos familiares y educacionales, en los accesos tempranos e indiscriminados a la pornografía, en los mismos contenidos pornográficos o en la educación para la sexualidad sana y libre tanto en las familias como en las escuelas. La nueva Ley es un paso importante, pero queda mucho por hacer. Hablar sólo del tamaño de las penas es esconder la cabeza debajo del ala.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

1 año por solo 16€

Publicidad