El fiscal sobre el crimen de Karla Pérez: «Es un asesinato de libro»
Fiscalía, acusación particular y abogacía del Estado desestiman íntegramente el recurso de apelación durante la vista celebrada en el TSJA
La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, presidida por Ignacio Vidau, acogió esta mañana la vista del recurso contra la sentencia a la condena por asesinato a Abdelwahid Aghbalou. La Audiencia Provincial le condenó a 26 años de cárcel, tras el veredicto de culpabilidad dictado por el jurado popular, por la muerte de Karla Pérez, la joven ovetense a la que estranguló en una playa de Melilla, en presencia del hijo de ambos, en julio de 2016. Su defensa, ejercida por el letrado Lorenzo Álvarez, trató de convencer a la mesa del tribunal para que modifique la condena impuesta a su defendido y cumpla una pena por homicidio imprudente y no por asesinato.
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Apeló a que durante el juicio, celebrado el pasado mes de junio, se quebrantó la norma y garantía procesal de su cliente lo que desembocó, en palabras del letrado, en una «indefensión» al procesado porque no se admitió una prueba pericial sobre el consumo de drogas y alcohol de Abdelwahid Aghbalou , un consumo que derivó en una «reacción cortocircuito» debido a un trastorno mental transitorio, explicó ante el tribunal.
Pero la clave del recurso la centró en demostrar que cuando su cliente abandonó a Karla Pérez, en la playa de Melilla, no estaba muerta por lo que no se puede hablar de asesinato sino de homicidio imprudente. Recordó que Karla Pérez, su bebé y Abdelwahid Aghbalou llegaron a la zona de La Hípica a las dos y media de la mañana. Que las cámaras recogieron la salida del acusado con el carrito del niño a las seis menos veinte de la madrugada pero que la hora de la muerte de la joven fue fijada por los forenses entre las siete y las ocho de la mañana. «Nuestro argumento era cierto, solo le apretó el cuello para que dejara de gritar no para matarla», expuso el abogado. Relató que una discusión por motivos económicos desencadenó el suceso y que tras los gritos y amenazas de la joven de avisar a la Policía, su expareja le puso las manos en el cuello «fruto del pánico» ante el temor de ser expulsado del país. Se encontraba en Melilla de forma ilegal al quebrantar una orden de prohibición de entrada tras su expulsión después de ser condenado por malos tratos hacia la joven. «Ninguna de las acusaciones preguntó a los forenses cuál era la data de la muerte y como no se atrevieron a consultarlo, porque les perjudicaba, recurrieron a la sensiblería del jurado», expuso. «La hora de la muerte es la que dicen los forenses no otra», sentenció.
Sin embargo, el Ministerio Fiscal aseguró que la muerte de la joven «es un asesinato de libro» y que «no todos los informes forenses son correctos» porque una muerte por estrangulamiento «es lenta, no instantánea» y que en este caso, según Fiscalía la hora fijada por el médico forense «no fue acertada».
Argumentos que compartieron tanto Abogacía del Estado como el abogado de la acusación. Mario Kopke, abogado de la familia de Karla Pérez hizo suyos los argumentos de Fiscalía y desestimó íntegramente el recurso como así hizo también el ministerio Fiscal. El recurso ha quedado visto para sentencia.
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