Estos son los cambios que prepara la DGT para 2019
Más multas por exceso de velocidad o uso del móvil son algunos de los cambios que tiene preparados
Tras un 2018 que, en su tramo final, ha visto como el mercado de la automoción notaba las consecuencias de la nueva normativa WLTP, los anuncios del gobierno anunciando el supuesto find el diésel, y la entrada en vigor de Madrid Central y las normativas anti contaminación en Madrid y otras gandes ciudades españolas, llega un 2019 que estará plagado de cambios en muchos ámbitos, y la circulación no iba a ser menos.
Publicidad
Si ya se han efectuado los cambios reglamentarios en las ITV y se empezaron a utilizar nuevos métodos para multar, en 2019 la DGT pondrá en marcha una importante batería de novedades.
Así, 2019 va a traernos una modificación del Reglamento General de Circulación, en aplicación de la ley de seguridad vial aprobado por el real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia de permiso y licencia de conducción por puntos.
Si bien todavía está pendiente de tramitación parlamentaria, en caso de ser aprobado las modificaciones que sufriríamos en materia de tráfico serían las siguientes:
-Comunicación telemática del saldo de puntos o habilitación para conducir de conductores profesionales. Se consagra el desarrollo de un sistema telemático para que las empresas dedicadas al transporte de personas o mercancías puedan saber si un conductor profesional que trabaje en ellas se encuentra habilitado para conducir. Se elimina la obligación de que los trabajadores otorguen expresamente el consentimiento.
-Multas más altas por el uso del móvil al volante. Ya sea para hablar o para realizar cualquier otra acción, la sanción sube de 3 puntos y 200 euros a 6 puntos y la misma cuantía. Queda, así, equiparada la sanción a conducir bajo los efectos del alcohol o de drogas, entre otras.
Este cambio afecta, no obstante, sólo al uso del móvil. La manipulación de cualquier otro dispositivo electrónico, como puede ser el GPS, se mantiene 3 puntos y 200 euros.
-Endurecimiento en las multas por velocidad. Este cambio entra en vigor el 2 de enero y está incluido en la modificación del Reglamento General de Circulación. Así, se considerará una infracción grave circular a 80 km/h en vías limitadas a 30 km/ h. Esto supondrá una multa de 500 euros y 6 puntos. Además, circular a más de 80 km/h se considerará infracción muy grave, lo que conllevará 600 euros de sanción y la pérdida de 6 puntos.
Publicidad
-Otras multas que se endurecen. No llevar el cinturón de seguridad, el casco o no hacer uso del sistema de retención de seguridad será sancionado con 4 puntos (antes eran tres).
Continúa leyendo la información en 'ABC.es'
1 año por solo 16€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión