Todas las claves de la nueva Ley de Turismo en Asturias
La modificación, que se centra en las viviendas de uso turístico, entrará en vigor este verano y pondrá a Asturias «a la cabeza del país en regulación turística»
Gijón
Viernes, 31 de mayo 2024
Una reforma «que sitúa a Asturias a la cabeza de la regulación turística de este país». Un cambio «que queremos que entre en vigor este ... verano» para lo que ayer mismo se envió a la Junta General y con la petición expresa del Gobierno a los grupos: «Agilidad» para su tramitación.
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La vicepresidenta del Principado, Gimena Llamedo, cumplió uno de los primeros compromisos de la presente legislatura: regular la proliferación de viviendas de uso turístico en Asturias. Nada más ser constituido el actual Gobierno de coalición, entre PSOE y IU-Convocatoria por Asturies, se anunció que antes del verano de 2024 habría un cambio en las normas para evitar que los pisos turísticos den paso a los problemas que sufren ya otras comunidades. Y «en el Consejo de Gobierno de hoy (por ayer) aprobamos la modificación».
Eso es lo que ayer mismo llegó ya a la Junta General del Principado. La reforma de la Ley de Turismo para endurecer todos los requisitos relativos a las viviendas turísticas. Porque, como asegura Gimena Llamedo, «el número de viviendas creció de manera exponencial tras la pandemia. En el periodo 2010-2019 crecía a una media de 250 viviendas al año. Desde el 2020 están aumentando por encima de las 600 anuales».
Por ese motivo, asegura que «con los cambios que estamos impulsando pretendemos primar la calidad y la sostenibilidad, que son señas de nuestro turismo, pero también mejorar la convivencia y el acceso a la vivienda. Queremos un crecimiento ordenado del turismo. Queremos crecer, pero queremos crecer bien y que en Asturias no se reproduzcan los graves problemas de acceso a la vivienda que se están detectando en otras comunidades. Con esta modificación estamos anticipándonos».
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Las principales claves
Y ¿qué dice la modificación, que ya cuenta con el visto bueno del Consejo Asesor de Turismo? Pues algunas novedades y, también, aspectos que ya estaban en el decreto que creó el Registro de Turismo del Principado.
Así, las Viviendas de Uso Turístico (VUT) deberán alquilarse íntegramente. No podrán contratarse por habitaciones. Ni tampoco podrán ser explotadas con este fin aquellas que están sometidas a régimen de protección pública o protección oficial.
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Además, este tipo de alojamientos deberán contar con la autorización de la comunidad de propietarios. Una autorización expresa. Es decir, los vecinos podrán impedir su apertura si así se establece en los estatutos de la comunidad o por acuerdo de la mayoría. Y este requisito se hace extensivo a las VUT ya en uso. El Principado asegura que las viviendas ya registradas deberán recibir la autorización de sus vecinos. Y les da un plazo para regularizar: seis meses tras la publicación en el Boletín Oficial del Principado (BOPA) de la reforma de la ley.
Algo que ya recoge la normativa actual es que estos pisos deben exhibir en un lugar destacado y visible una placa identificativa de su condición de VUT, así como su número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado. Ese número se obligaba ya a hacerlo constar en todas las páginas web y en cualquier soporte físico en el que se promocionen.
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Como también era obligado ya que los dueños de las VUT tengan contratado un seguro profesional de responsabilidad civil. La declaración responsable de conocimiento y cumplimiento de los requisitos exigibles que debían presentar los propietarios con antelación al inicio de la actividad únicamente se podrá tramitar a partir de ahora por vía electrónica, para mejorar su control y seguimiento.
La reforma incluye el concepto de zona turística protegida para aquellas áreas en las que se superen los niveles máximos de oferta y demanda. Podrán circunscribirse a un concejo, limitarse a algunas partes del mismo e incluso incluir más de un municipio.
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Para controlar tanto la nueva como el resto de normativas turísticas, el Principado reforzará el equipo de inspectores y estrenará una herramienta para detectar las ofertas fraudulentas en las plataformas de alquiler.
Unas inspecciones que tendrán, en caso negativo, unas sanciones más elevadas. Así, las faltas leves, que hasta ahora se penaban con multas de entre 60 y 600 euros, pasarán a cuantías de entre 150 y 1.500 euros.
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Las faltas graves, ahora con multas de entre 601 y 6.000 euros, pasarán a cuantías de entre 1.501 y 15.000 euros. Y las muy graves, que ahora suponen multas de entre 6.001 y 60.000 euros, pasarán a cuantías de entre 15.001 y 100.000 euros. Las sanciones también pueden conllevar la clausura del negocio.
Las claves Limitaciones
Nueva Ley de Turismo en Asturias
Y ¿qué dice la modificación, que ya cuenta con el visto bueno del Consejo Asesor de Turismo? El proyecto normativo recoge varias limitaciones. A saber:
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1.
Alquiler completo
Las viviendas de uso turístico deberán alquilarse íntegramente. No podrán contratarse por habitaciones.
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2.
No todas las viviendas
Ningún piso sometido a régimen de protección pública o protección oficial podrá comercializarse como vivienda de uso turístico.
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3.
Autorización de la comunidad
Tendrán que contar con autorización expresa de las comunidades de vecinos, que podrán impedir su apertura si así se establece en los estatutos de la comunidad o por acuerdo de la mayoría. El plazo para cumplir este requisito es de seis meses.
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4.
Placa identificativa
Las Viviendas de Uso Turístico (VUT) deberán exhibir en un lugar destacado y visible una placa identificativa de su condición de VUT, así como su número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado.
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5.
Identificación web
Las VUT deberán mostrar estas identificaciones en todas las páginas web y en cualquier soporte físico en el que se promocionen.
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6.
Seguros
Las VUT deberán contratar un seguro profesional de responsabilidad civil.
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7.
Tramitaciones electrónicas
La declaración responsable de conocimiento y cumplimiento de los requisitos exigibles que debían presentar los propietarios de pisos turísticos con antelación al inicio de la actividad únicamente se podrá tramitar a partir de ahora por vía electrónica, para mejorar su control y seguimiento.
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8.
Plazo de adaptación para las VUT ya existentes
Las VUT que ya funcionan tendrán seis meses para adaptarse a todos estos cambios, una vez entre en vigor la ley. El incumplimiento de los requisitos establecidos conllevará la salida del registro y la imposibilidad de ejercer la actividad en un periodo de seis meses a cuatro años.
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9.
Zona turística protegida
La reforma incluye el concepto de zona turística protegida para aquellas áreas en las que se superen los niveles máximos de oferta y demanda. Podrán circunscribirse a un concejo, limitarse a algunas partes del mismo e incluso incluir más de un municipio.
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10.
Más inspecciones
El Principado reforzará el equipo de inspectores y estrenará una herramienta para detectar las ofertas fraudulentas en las plataformas de alquiler turístico.
Sanciones
El anteproyecto establece un nuevo abanico de multas en función de la gravedad de la infracción, cuya cuantía se incrementa en todos los tramos. Así, las faltas leves, que hasta ahora se penaban con multas de entre 60 y 600 euros, pasarán a cuantías de entre 150 y 1.500 euros.
Las faltas graves, ahora con multas de entre 601 y 6.000 euros, pasarán a cuantías de entre 1.501 y 15.000 euros. Y las muy graves, que ahora suponen multas de entre 6.001 y 60.000 euros, pasarán a cuantías de entre 15.001 y 100.000 euros. Las sanciones también pueden conllevar la clausura de establecimientos.
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