La justicia devuelve a una avilesina 20.000 euros que encontró tirados en la calle
El Estado no quería darle el fajo de billetes que no fue reclamado por su dueño al argumentar que podría proceder de una actividad ilegal
C. DEL RÍO
AVILÉS.
Viernes, 26 de marzo 2021, 00:52
Seis años ha tardado una avilesina en recuperar lo que, en virtud del Código Civil, era suyo: 22.000 euros que encontró en la calle y que nadie reclamó en los dos años siguientes. El Estado quería quedarse el dinero, pero la mujer llevó el caso a unos tribunales que ahora le han dado la razón.
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Los hechos se remontan al 19 de noviembre de 2013, cuando la mujer circulaba por la mañana por la calle Pico Bustiello de Avilés cuando, a la altura del número 25, vio tirado en el suelo junto a una valla un fajo de billetes de euro envueltos en una goma. La conductora se bajó del coche y casi no daba crédito a lo que había encontrado. 22.000 euros en billetes de diferente valor que cívicamente entregó a la Policía Nacional.
Se abrieron entonces una diligencias previas que fueron archivadas en 2014 al no poder confirmar la procedencia del dinero y, de acuerdo con lo recogido en el artículo 615 del Código Civil, la mujer solicitó el dinero encontrado. Sin embargo, y a pesar de que sabía que tenía derecho a quedárselo, se encontró en un callejón sin salida porque no se lo querían devolver.
Decidió entonces demandar al Estado español, que representado por la Abogacía del Estado, se opuso a la devolución, señalando el posible origen ilícito del dinero y que se ignoraba el paradero del mismo alegando falta de legitimación pasiva. «Mi cliente encuentra 22.000 euros en la calle y los entrega en la Policía, que es lo que se debe hacer, pues de lo contrario incurriría en un delito de apropiación indebida (254 Código Penal) con pena de tres a seis meses de multa. Pero la ley también recompensa la buena fe y si pasan dos años y no aparece dueño, el Estado español está obligado a devolverlo. Y si aparece, tienes derecho a una recompensa», explica la abogada Clara Bermejo Alonso, de Alianza Abogados, que ha representado a la mujer.
La avilesina recurrió al despacho de letrados porque, pasados estos dos años y sin ver recompensada su buena fe, no sabía cómo proceder. «Es un asunto tan poco habitual que muchos profesionales no saben ni siquiera a quien reclamar, pues no es algo que los abogados hagamos todos los días», reconoce Bermejo.
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 10 de Oviedo lo tuvo fácil. El Código Civil es muy claro y el argumento del Abogado del Estado acerca de que no se hubiera podido confirmar el origen del dinero, insuficiente. «Ha quedado acreditado que el dinero fue transferido por el Juzgado de Primera instancia e instrucción Nº 5 de Avilés a la cuenta de fondos provisionalmente abandonados el 24 de marzo de 2014. Por lo tanto, está en poder del Estado estando legitimado pasivamente», sentenció.
A mayor abundamiento, otra sentencia de la Audiencia provincial de Murcia de 4 de marzo de 2019 señalaba que «el hallador es aquel que recoge una cosa perdida, aunque otro lo haya visto o descubierto antes, pues el simple hecho de percibir con los sentidos una cosa perdida es jurídicamente irrelevante».
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