Estas son las cuentas que los bancos pueden bloquear
El Banco de España advierte de que la entidad debe avisar a los perjudicados antes de actuar
el comercio
Oviedo
Martes, 9 de noviembre 2021, 11:06
La pesadilla de cualquier cliente de un banco es que la entidad bloquee su cuenta. De un instante a otro, los fondos del titular quedan bloqueados. No puede sacar dinero, hacer transferencias... A efectos prácticos, no puede contar con ese dinero para nada, al menos hasta que se resuelva la situación.
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¿Puede un banco bloquear unilateralmente una cuenta? En ciertas circunstancias, sí, según detalla el Banco de España. No obstante, el organismo aclara que las medidas que impliquen restricciones de los derechos de los clientes no solo deben estar debidamente justificadas sino que también han de ser notificadas antes de su adopción, «al objeto de que no les produzcan perjuicios innecesarios».
Saber a qué responde la congelación del depósito es la primera vía para poder solucionar el problema.
El bloqueo de cuentas está amparado por la normativa de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, que exige de forma periódica la aportación de una serie de documentación. Si el cliente no cumple con sus obligaciones, el banco debe proceder al bloqueo de la cuenta.
Si ocurre, el cliente tiene que facilitar los papeles requeridos, cuyo fin último es identificar al titular de la cuenta y hacer un seguimiento efectivo de sus actividades para monitorizar posibles operaciones susceptibles de ser investigadas.
El bloqueo de una cuenta bancaria también puede deberse a discrepancias entre los movimientos por parte de sus cotitulares. Si los titulares de una cuenta o sus herederos dan al banco instrucciones contradictorias, el banco debe adoptar una postura neutral, absteniéndose de tomar partido por uno u otro
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En caso que resulte indispensable, podría bloquear la cuenta avisando de su decisión a todos los titulares, hasta que se produzca un acuerdo entre ellos o una decisión judicial.
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