Estado de alarma y la gestión de trámites
El estado de alarma ha obligado a aplazar algunos de los trámites que son necesarios para la conducción de vehículos, como pasar la ITV o la renovación del carnet
J. C. Grande
Martes, 24 de marzo 2020, 23:50
La situación extraordinaria que estamos viviendo con el estado de alarma afecta seriamente a la movilidad de los ciudadanos, y especialmente a la que realizamos con nuestros vehículos particulares. En estos momentos surgen muchas dudas y algún que otro bulo sobre lo que se puede y no se puede hacer. También es cierto que algunas de las medidas tomadas van evolucionando sobre la marcha, como por ejemplo la obligatoriedad de circular una sola persona en el vehículo, con las excepciones de llevar menores o personas con movilidad reducida, que siempre deberán ir en los asientos traseros.
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En el caso de los seguros de automóviles se confirma que la cobertura se mantiene durante el estado de alarma para todo el que circule con su vehículo, aunque se salte la normativa de movilidad decretada, pero podrá ser sancionado si circula sin estar autorizado para ello.
Por lo que respecta a las ITV, el servicio ha quedado suspendido en todo el territorio nacional, en consecuencia, todos los vehículos que deberían pasar la ITV desde que se declaró el estado de alarma podrán circular con la ITV caducada hasta que se regularice la situación.
Los tramites burocráticos relacionados con la Dirección General de Tráfico, como por ejemplo, la renovación del carnet de conducir, también se ven aplazados. De esta forma, si ha caducado el carnet de conducir en el periodo de alerta sanitaria se podrá conducir con él sin problemas hasta que la DGT remita la correspondiente notificación para su renovación.
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