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Tribunal Supremo. E. P.

El Tribunal Supremo avala la expulsión del país para un hombre que agredió sexualmente a una mujer en Gijón

El condenado atacó sexualmente en un 'after' a una joven que estaba afectada por la ingesta de sustancias. Le causó lesiones y le robó el móvil

Olaya Suárez

Gijón

Lunes, 27 de enero 2025, 08:42

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cinco años de prisión y la expulsión del territorio nacional para un individuo que agredió sexualmente a una joven en un pub que funcionaba como 'after hour' en la calle Almacenes de Gijón. La Sala de lo Penal desestima el recurso de casación interpuesto por el procesado y ratifica la sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial. Está considerado autor de un delito de agresión sexual, otro de lesiones y un tercero de hurto, ya que le sustrajo el teléfono móvil a la víctima. Además de la pena de prisión, deberá indemnizar a la denunciante con 9.000 euros.

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Los hechos tuvieron lugar el 27 de julio de 2017, sobre las 7.30 de la mañana. «La víctima, nacida en 1988, entró en un establecimiento, donde consumió varias bebidas alcohólicas, por lo que tenía sus facultades seriamente alteradas, hasta el extremo de que era incapaz de mantener el equilibrio». El acusado, «al observar cómo se encontraba, la ayudó a sentarse y le entregó sus zapatos», señala la fiscalía. En ese momento, un hombre «se acercó a la mujer con intención de atacarla sexualmente e intentó besarla, pese a que ella, con las mermadas fuerzas que tenía, trató de evitarlo. Aún así, la abrazó y la manoseó y, poniéndola a horcajadas sobre él, le tocó las nalgas y le introdujo sus manos entre los muslos». Tras sentarla en un sofá, «el hombre se masturbó, intentando que la mujer le practicara una felación».

Semiinconsciente

Al no conseguirlo, con la víctima en estado de semiinconsciencia, la llevó al aseo del establecimiento, donde supuestamente consumó la agresión sexual. El dueño del bar «mantuvo en todo momento, respecto de la agresión sexual sufrida por la mujer, una actitud pasiva, posicionándose voluntariamente como un espectador que, pudiendo actuar y en aras de evitar lo que estaba viendo, no lo hizo, permitiendo que el agresor trasladara a la chica a los baños de mujeres», abunda la acusación pública.

En el mismo procedimiento fue condenado el propietario del establecimiento hostelero al pago de una multa de 5.040 euros por un delito de omisión de deber de socorro, ya que según la resolución judicial, no hizo nada para evitar que la mujer fuera víctima de una agresión sexual en su local.

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