Conflicto Rusia - Ucrania: Cuántos asturianos podrían ser movilizados si España entrase en la Tercera Guerra Mundial
La tensión creciente entre las potencias nucleares amenaza con meter de lleno a España en un conflicto internacional que, si bien no parece inminente, tampoco es un escenario descabellado
Enrique Casas
Viernes, 22 de noviembre 2024, 16:50
No parece un escenario próximo, pero el devenir de los acontecimientos tampoco lo hace parecer descabellado. La escalada bélica en Europa continúa al alza y la reciente victoria de Donald Trump en las elecciones de Estados Unidos —y el temor de que su Gobierno deje de lado a Ucrania— ha llevado a la administración Biden a cruzar alguna de las líneas rojas que hasta este momento había mantenido. Tras la luz verde de la Casa Blanca para que Ucrania utilice misiles de largo alcance contra las posiciones en territorio ruso y la respuesta rusa empleando por primera vez los misiles intercontinentales la tensión entre las potencias mundiales se encuentra en su punto álgido desde la Guerra Fría.
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¿Podría afectar esta escalada del conflicto a España?
Como país miembro de la OTAN, España se vería involucrado en el conlficto en el momento que Rusia atacase a cualquier país que sea miembro de la alianza. Así lo estipula el artículo 5 del Tratado de Whasington en el que se establece que cualquier ataque a un país miembro de la organización será considerado como un ataque dirigido contra todas ellas. No sería necesario que Rusia atacase ni siquiera a Estados Unidos, bastaría con que lo hiciese a alguno de los países bálticos como Suecia, Finlandia o Estonia, metiendo de lleno a toda la alianza en el conflicto.
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¿Y qué pasaría si España entrase en guerra?
Algunos países nórdicos ya han comenzado a prepararse y a repartir manuales de supervivencia en caso de que se desatase una guerra nuclear. En el caso de España, la lejanía geográfica impiden pensar en una inminente invasión rusa, aunque sí que podría ser objeto de ataques con misiles de largo alcance.
Acudiendo a la Constitución Española, su artículo 30 recoge que «los españoles tienen el derecho y el deber de defender España». En el apartado dos del mismo reconoce que «la ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria». En uno de los apartados del mismo va más allá e indica que «mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública».
¿Cuál es el orden de reclutamiento en España? ¿A cuántos asturianos afectaría?
En el peor escenario posible y si España entrase en guerra, los 120.000 efectivos con los que cuentan las Fuerzas Armadas serían los primeros movilizados al combate. A partir de ahí, la Ley 39/2007 de la carrera militar establece distintos tipos de reculutamientos: los de voluntarios, los de especial disponibilidad y los obligatorios.
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Tras ellos, los siguientes en ser llamados al frente serían los reservistas voluntarios y los de especial disponibilidad. Es decir, población civil que en su momento solicitó su adscripción a las Fuerzas Armadas y aquellos militares que abandonaron el cuerpo al cumplir los 45 años. En caso de que siguiese haciendo falta apoyar con mayor número de efectivos, el Gobierno podrá movilizar a los reservistas obligatorios, civiles de 19 a 25 años. Estos jóvenes recibirían un cuestionario sobre su estado de salud y preferencias en el Ejército, seguido de reconocimientos médicos y pruebas físicas y psicológicas antes de su incorporación. En el caso de Asturias, por ejemplo, hay unas 50.000 personas sumando hombres y mujeres que se encontrarían en esa horquilla de edad, según los datos del INE.
Entonces... ¿Podrían obligar a combatir a la población civil?
Lo cierto es que no está del todo claro. Si bien el apartado dos del mencionado artículo 30 de la Carta Magna establece la 'objeción de conciencia' para evitar el alistamiento, lo cierto es que tampoco delimita exactamente los casos en los que una persona podría acogerse a la misma. Sí parece claro que el reclutamiento forzoso no sería una opción de primeras.
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Por otro lado, la Ley de Seguridad Nacional no estipula explícitamente que los españoles deban ser movilizados en caso de guerra, pero sí que establece un planteamiento estratégico integrado que involucra a la sociedad civil. El texto confirma que la cultura de la Seguridad Nacional implica «la participación activa de la ciudadanía y de las organizaciones de la sociedad civil».
Llegado el caso, el orden de reclutamiento lo tendrían que decidir el Gobierno y el Congreso de los Diputados, pues España no dispone de una ley sobre la materia y por tanto todavía habría que crearla. También es muy probable que en ese caso España decretase el estado de sitio y, quien sabe, acabase modificando alguna de sus leyes para facilitar el uso de población civil como ya se han visto forzados a hacer países como la propia Federación Rusa.
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