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El hombre absuelto. ALEX PIÑA

Absuelto el acusado de ciberacosar a una amiga de su hija, de 14 años

La jueza admite que el envío de mensajes con un «claro contenido sexual», pero que no incluían una propuesta formal para mantener un encuentro

R. A.

OVIEDO.

Martes, 24 de diciembre 2019, 02:17

El Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo ha absuelto al hombre, nacido en 1972, investigado por ciberacosar a una menor, de 14 años, que era amiga de su hija. La magistrada argumenta que «nunca le pidió que quedasen» para mantener una cita, «ni le formuló una petición o proposición alguna de encuentro entre ambos».

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Sin embargo, admite que el hombre le envió mensajes con un «claro contenido sexual», en los que le llegó a invitar «a compartir cama... voy para allá a quitarte el frío» o bien le dijo: «Te doy casa y cama... duermes muy calentita». Hay más, en otros le decía: «Golfa te voy a traer a vivir conmigo», «quiero hacerte un hijo» o «un bombón como tú lo quiere cualquiera», tal y como consta en la sentencia.

La jueza le ha absuelto por la «imposibilidad de apreciar» un delito penal y «con absoluta independencia de lo censurable que moralmente» resulte enviar este tipo de mensajes a una menor.

El caso comenzó a desarrollarse hace un año cuando la hija del investigado invitó a dormir a la víctima a su casa. Ella accedió y el hombre, que fue defendido por el abogado Miguel Rama, aprovechó la ocasión para pedirle su número de teléfono. Lo hizo bajo la excusa de que así «facilitaría la comunicación» entre las dos menores, pero lo que realizó después fue bien distinto.

Tras los primeros mensajes, la adolescente le contó lo ocurrido a su novio. Este se puso en contacto con el ahora absuelto y trató de «reconducir» la situación. Dijo que todo era una «mera broma», pero los hechos acabaron en el juzgado.

El viernes pasado tuvo lugar la vista, celebrada a puerta cerrada porque la víctima es menor de edad. Ella señaló de «forma tajante» que el padre de su amiga «nunca le pidió quedar». Pero la Fiscalía tenía claro que los mensajes enviados eran constitutivos de un delito contra la libertad e indemnidad.

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Es por ello que pidió el pago de una multa durante dieciséis meses con una cuota diaria de seis euros, la prohibición de comunicarse con la víctima ni de acercarse a menos de quinientos metros durante cinco años y el pago de las costas procesales. Contra la sentencia cabe recurso.

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