El Gobierno endurece los requisitos para crear nuevas universidades
Los criterios, entre ellos tener 4.500 alumnos e investigadores que capten el 2% del presupuesto, los deben cumplir también los centros antiguos
El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto que fija los nuevos requisitos para la creación de universidades, que endurece de ... forma significativa los actuales. Pedro Sánchez aseguró que busca garantizar que cualquier universidad, presente o futura, expida títulos en España con criterios de calidad equiparables a los europeos, especialmente en su labor investigadora, pero también evitar que algunas autonomías populares, entre las que citó a Madrid, vuelvan a autorizar, como en los últimos años, universidades que en realidad no son más que «academias» o «chiringuitos educativos privados». El proyecto cuenta con el respaldo de los principales rectores y de los alumnos y con el rechazo frontal de barones del PP encabezados por Isabel Ayuso. En el Principado, la Dirección General de Universidad está analizando el texto, con varios cambios respecto a los últimos borradores, para ver si afecta o no a alguno de los proyectos asturianos en marcha. Cabe recordar que el de la Universidad Europea en Gijón se encuentra a la espera del dictamen del Consejo General de Política Universitaria.
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Un informe vinculante
Las autonomías podían aprobar hasta ahora proyectos de nuevas universidades con informes técnicos negativos del ministerio, porque esa evaluación era preceptiva, pero no vinculante. A partir de ahora no podrán autorizar proyectos de universidades que no superen un informe en profundidad realizado por su agencia de evaluación de la calidad o por la agencia estatal (ANECA). El nuevo informe, que se añade al ya existente, será obligado y vinculante y deberá asegurar que el proyecto garantiza los criterios de calidad exigidos por el real decreto. El informe vinculante será obligado para cualquier nueva solicitud, pero también para los ocho proyectos que a la entrada en vigor del real decreto aún no contaban con el informe preceptivo anterior para su creación.
Un mínimo de 4.500 matriculados
Las universidades, para que se autorice su creación o no se revoque su actual licencia, deberán tener matriculados un mínimo de 4.500 alumnos entre grados, máster y posgrados. Las actuales tienen tres años para cumplir el plazo (unos catorce campus no cumplen a día de hoy) y los nuevos seis años desde el inicio de su actividad. Si pasado el plazo no cuentan al menos con el 80% de alumnos exigidos, se le revocará la autorización.
Un 10% de alojamientos
Esta condición solo es para los nuevos proyectos. Estas universidades deberán disponer de una capacidad mínima de alojamiento para el 10% de los alumnos que prevén tener matriculados al cuarto año de funcionamiento en sus grados. El motivo es que en España hay un millón de universitarios que estudian fuera de su lugar de residencia y que no pueden afrontar los alquileres del mercado de la vivienda.
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Al menos 50% de alumnos de grado
Transcurridos seis años desde el inicio de las clases en una universidad el estudiantado de grado y dobles grados debe ser al menos el 50% de los matriculados en todos los estudios. Hay una excepción para potenciar la internacionalización. Si tiene más de un 50% de alumnos de máster extranjeros, se le permitirá que los de grado solo sean el 35% del total de estudiantes oficiales.
Oferta académica mínima
Todas las universidades tendrán como oferta académica mínima diez títulos oficiales de grado, seis de máster y tres programas de doctorado. Además, la oferta académica debe abarcar al menos tres de las cinco ramas de conocimiento (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura).
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Investigación en I+D+i
Las universidades deberán destinar un mínimo del 5% de su presupuesto a investigación y deberán captar en convocatorias competitivas contratos de I+D+i por un valor mínimo al 2% de su presupuesto en su quinto año de funcionamiento. Si no cumplen con estas exigencias en plazo se les apercibirá oficialmente y si en dos años continúan con el incumplimiento será motivo de revocación de la licencia.
Obligaciones para todos
La mayoría de nuevos requisitos, todos menos el nuevo informe vinculante, el aval bancario del proyecto y la disposición de alojamientos para un 10%, no solo son de obligado cumplimiento para los campus que aspiran a ser autorizados sino también para los que ya cuentan con licencia o están en funcionamiento antes de la entrada en vigor de la reforma. Todas las universidades que funcionan en el país (50 públicas y 46 privadas) cuentan con un plazo de tres años para cumplir con los nuevos criterios del decreto y las ya autorizadas, pero que aún no han recibido permiso para iniciar clases, tienen los mismos tres años, pero desde que comiencen su actividad.
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Los centros 'online' serán estatales salvo en tres casos
Las universidades 'online', las que impartan al menos el 80% de sus créditos a distancia, como norma se consideran instituciones presentes en todo el país, por lo que su creación deberá ser aprobada por las Cortes Generales (ahora por las asambleas autonómicas) y el informe de evaluación vinculante lo hará la agencia estatal (ANECA). Al año de su puesta en marcha, al menos el 75% de su profesorado debe residir en España. Tendrán seis años para alcanzar el mínimo de 4.500 alumnos.Sin embargo, por pacto con el PNV, habrá tres excepciones en las que serán las agencias de evaluación de la comunidad las que hagan el informe vinculante y el parlamento autonómico el que apruebe la nueva universidad 'online'. Será así cuando las solicitantes tengan precios públicos fijados por esa comunidad, cuando tengan la sede en una autonomía con lengua cooficial y al menos el 50% de las clases se den en esa lengua y cuando la autonomía financie al menos el 20% de su presupuesto.
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