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El presente mandato que dio forma a un gobierno de coalición en Avilés tras las elecciones municipales celebradas en mayo de 2023 se inició ... ya entonces con polémica por las críticas de la oposición respecto a la creación de seis asesores o cargos de confianza con diferentes funciones, uno más que el mandato anterior y tres más que hace ocho años, cuando el PSOE de Mariví Monteserín asumió por primer vez el gobierno municipal de Avilés.
Ahora una sentencia judicial anula precisamente los dos nuevos puestos de asesores del gobierno creados en este mandato. El fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Oviedo acepta parcialmente un recurso presentado por el sindicato USIPA y anula el Acuerdo del Ayuntamiento de Avilés del 21 de julio de 2023 en el que se modificaba la relación de puestos de trabajo y plantilla orgánica municipal, personal eventual de la Corporación Municipal 2023-2027.
Esta decisión judicial, contra la que se ha presentado recurso tanto por el Ayuntamiento como por el sindicato, afecta por tanto a la creación de los puestos de trabajo de Asesor/a de Órganos de Gobierno y Comunicación (una transformación del anterior puesto de Coordinación del área de Cultura y Promoción de la Ciudad) y de Coordinador/a de Festejos, Ferias y Mercados (este de nueva creación este mandato), así como la aprobación de sus fichas de funciones. También afecta a la modificación de la ficha de funciones del Coordinador/a del Área de Promoción Social (en donde se sustituyó la referencia a la emisión de informes por la de emisión de propuestas), por ser todos ellos contrarios a Derecho.
El fallo explica que tras examinarse el expediente administrativo, «la motivación está completamente ausente». El juez aclara en el escrito que «nada se justifica y no se exponen adecuada y específicamente las razones que mueven a crear dichos puestos de especial confianza y asesoramiento, ni se explica por qué se les atribuyen tales funciones».
La sentencia también hace referencia a las justificaciones que en su día esgrimía la propuesta del concejal de Recursos Humanos para justificar estos nombramientos. El juez entiende que dicha propuesta es «una mención vaga al art. 104 bis de la Ley de Bases de Régimen Local, reformado ya en 2013, sin relación con las específicas necesidades de creación de los puestos y menos aún con el encaje del contenido de sus funciones en el espectro de especial confianza y asesoramiento».
En el escrito del juez se hace a su vez un análisis similar del informe favorable de Secretaría a estos nombramientos, del que el magistrado dice que «se le pueden aplicar las mismas consideraciones» que se utilizan en el punto anterior.
Cabe señalar que esta es una sentencia que solamente acepta parcialmente la demanda presentada por el sindicato USIPA, por lo que en este momento está recurrida tanto por el propio sindicato como por el Ayuntamiento de Avilés, por lo que aún no es firme y los asesores del gobierno siguen desempeñando sus funciones en este momento.
El sindicato de trabajadores públicos también pedía la anulación del resto de cargos de confianza y asesores que existen este mandato. No obstante, el juez admite como obstáculo procesal la defensa del propio Ayuntamiento, que alega «falta de legitimación activa del sindicato demandante» y pide la inadmisión del recurso contencioso-administrativo.
El Consistorio esgrime que «no existe un vínculo del sindicato recurrente que justifique la legitimación para accionar en el presente procedimiento, que ni siquiera justifica la legitimación que ostenta, ni concreta de qué manera la estimación de sus pretensiones podría suponer un beneficio para el mismo y sus afiliados, sino que, por el contrario, se limita a la interposición del recurso contencioso-administrativo en aras de salvaguardar la legalidad que erróneamente entiende infringida».
El juez acepta parcialmente esta justificación y también se refiere a que la asignación del resto de cargos de confianza, así como sus respectivas fichas de funciones, «ya se encontraban vigentes en el mandato anterior de la Corporación» y, por tanto, no eran de nueva creación.
En este momento ambas partes, tanto sindicato como Ayuntamiento, han recurrido la sentencia de primera instancia con fecha del 15 de noviembre de 2024, por lo que se espera una nueva resolución próximamente.
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