Las sardinas y el periodismo
Gastrohistorias ·
Para desgracia de pescateras, carniceros y tenderos en general, en 1953 se prohibió en España el uso de papel impreso para envolver alimentosAna Vega Pérez de Arlucea
Viernes, 8 de agosto 2025, 00:28
Mi frutero está de vacaciones. Mientras él descansa muy merecidamente, yo recorro las fruterías que permanecen abiertas en el barrio para ver cuál me cuadra ... mejor en calidad, precio y sonrisas. Comparo lo que cuestan en unas y otras las ciruelas claudias, que ya están en sazón, e intento apreciar a ojo si los tomates de pera que venden son de los buenos-buenos para salmorejo. Pido, pago y entrego la bolsa de la compra (grande, de tela y ya un poco chuchurría) que uso más o menos desde hace siete años, cuando el Real Decreto 293/2018 impuso el cobro de las bolsas de plástico. Todos nosotros nos hemos acostumbrado ya a la pregunta de «¿Quiere bolsa?» y también a jurar en arameo cuando un despiste nos hace pagar por bolsas nuevas teniendo un montón de ellas en un cajón de la cocina.
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Mi frutero de cabecera, el que está vacacionando, usa siempre bolsitas de papel para separar la fruta delicada de la que es más dura o de las hortalizas. Yo creía que esto era ya lo habitual, pero mi reciente periplo fruteril me ha desvelado que ese paso previo al embolsado final –sea en zurrón comprado o reutilizado– suele hacerse aún con materiales plásticos que, una de dos, o son tan finos y resbalosos que se rompen con la mirada o pasan olímpicamente de la normativa y te hacen sentir como un terrorista ambiental. El puñado de bolsas que me han dado gratis esta semana me mira desde el cajón como acusándome de tenencia ilícita de algo, y a mí me viene a la cabeza otra ocasión en que la ley obligó a los comerciantes españoles a cambiar la manera en que envolvían los alimentos. También les costó acostumbrarse y años después (tantos como diez) seguían imponiéndose multas a quienes se saltaban las normas a la torera.
El 6 de junio de 1953 los ministros de Gobernación, Industria y Comercio firmaron en nombre de la Presidencia del Gobierno franquista una orden destinada a mejorar las condiciones de salubridad en que se despachaban los alimentos. No sólo era lo más corriente del mundo envolver el pescado fresco en hojas de periódico, sino que los consumidores se quejaban desde hacía tiempo de la picaresca de algunos tenderos que cargaban excesivamente el peso en las ventas a granel o usaban envoltorios «trucados» para abultar el precio final de la compra.
Por aquel entonces el sospechoso principal era el papel en lugar del plástico: para mejorar su opacidad, resistencia, blancura y grosor se usaba sulfato de bario, un recubrimiento mineral que podía llegar a aumentar sensiblemente el peso de los pliegos de papel. Si a eso unías el alfabetismo ilustrado de carnes y pescados, capaces de dar el parte metereológico, el crucigrama o las últimas noticias después de haber pasado un rato en íntimo contacto con la prensa escrita, lo cierto es que había razones suficientes para querer poner orden en aquel cotarro de ultramarinos y tiendas al detalle. ¡Recordemos que los primeros supermercados españoles no abrieron hasta 1958!
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Una «necesidad imperiosa»
La nueva disposición entró en vigor el día de su publicación en el BOE (el 8 de junio del 53) y comenzaba con este prolegómeno: «La necesidad imperiosa de que los alimentos se expendan al consumidor en las debidas condiciones de higiene y de exactitud de peso aconseja y exige a la vez la adopción de medidas que tiendan a evitar, y a sancionar en su caso, las transgresiones que puedan cometerse tanto por los fabricantes de bolsas de papel para artículos alimenticios como por los comerciantes que se dedican a la venta de dichos artículos». De la redacción de la ley se encargó la Junta Superior de Precios, adscrita a la Presidencia del Gobierno y encargada en aquellos tiempos de autarquía de fijar el importe de casi todos los productos, mientras que la responsabilidad de su cumplimiento se repartiría entre la Comisaría de Abastecimientos, sus delegaciones provinciales y los inspectores de sanidad de cada municipio.
En resumen, se obligó a los comerciantes de alimentos al por menor a envolver en papeles o meter en bolsas de papel todas las compras menos pan, verduras, hortalizas y frutas «que por su naturaleza no requieren ser envueltas». Eso ya ocurría en casi todos los establecimientos, pero desde aquel momento estaría totalmente prohibido usar papel usado o impreso, tener siquiera ese tipo de material en la tienda y, en caso de los fabricantes de bolsas, tanto emplear papel viejo en su fabricación como la adición de sulfato de bario u otras sustancias que añadieran a los envoltorios un peso innecesario.
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Ya puestos, se llegó a publicar una tabla pormenorizada con el pesaje máximo que podían tener las bolsas según su tamaño (de 7 a 60 gramos) y a exigir que los tenderos tuvieran siempre a la vista de los clientes una copia impresa de la Orden. Aunque los comerciantes se quejaron amargamente, los compradores recibieron la norma con alegría. Se encargó una gran campaña publicitaria para divulgar las bondades del papel nuevo y los periódicos publicaron varios artículos celebrando que sardinas y pescadillas pudieran por fin abandonar el reporterismo. «Termina la competencia que el pescado venía haciendo a la prensa y el kilo volverá a pesar mil gramos. ¡Ya era hora!».
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