Multas de 1.000 euros por tener programas de doble contabilidad y de 50.000 por utilizarlos
Pymes y autónomos deben asegurarse de que las aplicaciones que utilizan para llevar sus cuentas no son de doble uso o recibirán sanciones
MARÍA JARDÓN
OVIEDO.
Lunes, 11 de octubre 2021, 00:57
Desde hoy, empresas y autónomos deben cerciorarse de que el software que utilizan no permite llevar una doble contabilidad, o se enfrentarán a multas que van de los 1.000 a los 50.000 euros. Esta medida es una de las puestas en marcha por el Gobierno de Pedro Sánchez para acabar con el fraude fiscal.
El uso de estos programas tiene un fuerte impacto en las arcas del Estado. Según estimaciones de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), la utilización de este tipo de software provoca un agujero de hasta 60.000 millones de euros anuales en la recaudación fiscal del Estado. De hecho, el empleo de estos programas parece ser una práctica habitual en nuestro país, como dejó claro la portavoz del Gobierno y Ministra de Hacienda al anunciar que entraría en vigor esta medida. María Jesús Montero aseguró que «en los últimos cinco años se han regularizado más de 1.500 millones de actuaciones contra este tipo de software».
Se trata de programas cada vez más desarrollados con los que el empresario no tiene ni que preguntar al cliente si necesita factura. Este tipo de software puede emitir un ticket sin que el ingreso aparezca reflejado en la contabilidad principal del negocio.
Las pymes que incumplan esta norma se enfrentarán a elevadas multas. Simplemente por el hecho de tener instalado uno de estos programas, aunque no se haya empleado, la multa será de 1.000 euros y, en el caso de haber hecho uso de este programa informático, el importe ascenderá a 50.000 euros por cada año en el que se demuestre que ha sido utilizado.
Llevar una doble contabilidad nunca ha sido legal, pero la diferencia, según explica Alfonso Paredes, de Llana Consultores, es que antes, para multar a una compañía tenían que demostrarse que estaba efectuando irregularidades en su contabilidad. Ahora, simplemente con demostrar que tiene instalado un software de doble uso ya pueden sancionarla. Además, recalcó, antes tampoco sancionaban a las empresas que los fabricaban y, a partir de ahora, se enfrentan a recargos de una cuantía importante. En concreto, los fabricantes, vendedores o distribuidores de programas de contabilidad que sean de doble uso o que no dispongan de la nueva certificación que otorgará el Ministerio de Hacienda recibirán una sanción de 150.000 euros por cada año que los hayan fabricado o distribuido.
Más allá de los sistemas de doble uso, la nueva norma también introduce cambios en los programas de contabilidad singular, los únicos permitidos. Los sistemas informáticos de empresas y autónomos deberán garantizar la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones, para lo que tendrán que contar con una certificación del Ministerio de Hacienda. Este punto es el que más preocupa, principalmente a los programadores, según sostiene Ana Espiniella, de la consultora Vaciero, ya que no conocen los requisitos que debe cumplir un software para adquirir la certificación.
La Agencia Tributaria ha emitido un comunicado sobre los sistemas de contabilidad singular recalcando que esta norma todavía está pendiente de desarrollo reglamentario. Es decir, las empresas o autónomos que tengan un software de este tipo sin certificación «no pueden ser sancionados porque todavía no hay especificaciones técnicas» al respecto, afirma Espiniella.