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Un bombero forestal, extinguiendo un incendio en León este verano. E. P.

Los bomberos forestales ya pueden jubilarse a partir incluso de los 59 años

El Gobierno aprueba un real decreto que aplica a este colectivo los mismos coeficientes reductores que al resto de cuerpos de bomberos nacionales

Martes, 16 de septiembre 2025, 14:13

El Gobierno salda una vieja deuda con los bomberos forestales, uno de los colectivos que ha estado luchando este verano contra la ola de incendios ... que asoló el país, y podrán jubilarse a partir de los 60 años y sin recortes en su pensión; incluso a partir de los 59 en los casos de largas carreras de cotización (de al menos 35 años trabajando en este oficio). Se equiparan así al resto de bomberos de otros organismos públicos, que pueden anticipar su retiro desde el año 2008.

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Casi un año después de recibir el visto bueno del Senado, el Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que reconoce coeficientes reductores de la edad de jubilación a los bomberos forestales fundamentado en la naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre del trabajo que realizan. A partir de la entrada en vigor de este texto, el coeficiente especifico reductor del colectivo de bomberos forestales será el mismo que el que se aplica al servicio de administraciones u organismos públicos: un 0,20, siempre y cuando la persona acredite un período mínimo de cotización de 15 años bajo la condición de bombero forestal.

Es decir, el profesional que acredite el mínimo de cotización verá reducida su edad de acceso a la jubilación en tres años (el resultado de aplicar a los 15 años que ha estado ejerciendo esta profesión, el coeficiente reductor del 0,20).

No obstante, el bombero forestal podrá anticipar el acceso a la jubilación hasta un máximo de cinco años de lo que le correspondería a su edad ordinaria de jubilación. Es decir, un trabajador que pudiese jubilarse a los 65 años, como máximo podrá anticipar su edad de jubilación a 60 años. A modo de excepción, se podrá anticipar hasta seis años en el caso de quienes acrediten un periodo de cotización de 35 años de actividad como bombero forestal.

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Cotización adicional

Asimismo, el período de tiempo en el que se reduzca la edad de jubilación se computará como cotizado para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora que sirve para calcular el importe de la pensión. A su vez, y a fin de mantener el equilibrio financiero del sistema de Seguridad Social, se aplicará una cotización adicional.

«Hemos sido testigos en directo de la voracidad de las llamas y la crudeza de las circunstancias en las que trabajan los bomberos forestales. La aprobación este martes en Consejos de Ministros de estos coeficientes reductores de cara a su jubilación es un paso más en el reconocimiento a su labor y, sobre todo, a la especial dureza de su trabajo», se enorgulleció la ministra de Inclusión y Seguridad Social, Elma Saiz.

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