MAZÓN & ASOCIADOS

Registro obligatorio de Jornada

El pasado 12 de mayo entró en vigor la reforma del art. 34 del estatuto de los trabajadores, por la cual se establece el llamado registro obligatorio de jornada

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Jueves, 27 de junio 2019, 13:07

A partir de ese momento todas las empresas, independientemente de su tamaño, tienen la obligación de registrar la jornada de sus trabajadores.

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Esta medida pretende dotar a los trabajadores de una referencia sobre la que poder determinar si su jornada laboral se encuentra dentro de la legalidad y si las famosas horas extras se estás cobrando.

Si bien con esta medida se pretende, claramente, proteger al trabajador, la manera en la que se instaura en las empresas deja una serie de vacíos que pueden provocar todo lo contrario, y es que recordemos, la forma en la que se debe llevar a cabo este registro es competencia de cada empresa, decidiendo éstas cómo contabilizar las horas de trabajo de sus empleados de acuerdo con la propia plantilla y, si no hay acuerdo, de forma unilateral.

A lo anterior se suma que es un sistema muy flexible, es decir, es válido cualquier sistema o medio, ya sea en papel o telemático, pues con cualquier procedimiento se cumple el requisito legal de proporcionar información fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori, debiendo contener, de manera inexcusable, la hora de inicio de finalización de la jornada.

Además, las empresas tienen la obligación no sólo de elaborar el registro, sino de conservarlo, al menos, cuatro años, así como facilitar la información de dicho registro tanto al trabajador implicado como al representante de los trabajadores, y, por supuesto, a la inspección de trabajo.

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Hay que tener en cuenta que si una empresa no tiene el registro de jornada se expone a recibir una sanción grave, lo que implicaría una multa de hasta 6.250 €.

Siendo como es una norma de reciente aplicación, las dudas son frecuentes y comunes, debiendo recurrir a los pocos textos escrito al respecto, como la guía elaborada por el Ministerio de Trabajo que de momento opera para aclarar las dudas más comunes.

En todo caso, seas trabajador o empresario, contar con el asesoramiento profesional acerca de cómo debes de registrar tus horas o como debes implementar el sistema en tu empresa, se postula como fundamental, por ello desde el despacho Mazón&Asociados ponemos a disposición las herramientas necesarias para poder defender el interés de nuestros clientes.

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