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Palacio de Justicia de Gijón. D. Arienza

Tres meses de cárcel para una gijonesa por pegar a su hija para que «le obedeciese»

La madre le golpeó la cabeza contra un coche y le tiró del pelo. «No hay proporcionalidad ni correlación con el fin pretendido», dice la sentencia

O. SUÁREZ

GIJÓN.

Martes, 17 de enero 2023, 01:46

Tres meses de prisión para una madre por agredir a su hija de 12 años tirándole del pelo y golpeándole la cabeza contra la ventanilla de un coche.

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La Sección Octava de la Audiencia Provincial ha ratificado la condena del Penal 1 de Gijón, en el que se celebró el juicio. La madre, además de la pena de prisión, no podrá acercarse a su hija a una distancia inferior de 200 metros, ni al colegio ni a cualquier otro lugar que frecuente la menor durante un plazo de un año y medio. Deberá indemnizar con 160 euros a la niña.

LOS HECHOS

  • Agresión La mujer tiró a su hija de 12 años del pelo y la golpeó contra la ventanilla de un coche.

  • Condena Tres meses de cárcel y una orden de alejamiento y comunicación con la menor.

  • Recurso Alegaba la madre para pedir la absolución que se trataba de una forma de que la niña obedeciese, un extremo rechazado por los jueces.

La ahora condenada «empujó contra el vehículo a su hija de 12 años, la agarró del pelo y golpeó su cabeza contra la ventanilla, la zarandeó bajándole la cabeza entre los dos asientos y le pellizcó en un glúteo». Le provocó lesiones, «un dolor de contractura muscular en la zona posterior del cuello, pequeñas erosiones en el pómulo derecho, en dorso de la mano, en los dedos pulgar e índice y en la parte interna del glúteo».

La procesada interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial solicitando que se revocase la sentencia y se le absolviese del delito de malos tratos en el ámbito familiar. Alegaba que lo ocurrido entraba dentro de la normalidad para que su hija le obedeciese. «No podemos perder de vista que el derecho/deber de corrección a los hijos, entendido como sinónimo de educación, siempre tiene que estar orientado al beneficio del hijo y la corrección que se ejercite debe ser siempre proporcionalmente razonable y moderada, descartando castigos físicos, que ni son pedagógicos y además pueden dar lugar a perpetuar conductas violentas», señala el fallo judicial con el que se desestima el recurso interpuesto por la madre.

El interés prevalente del menor «debe presidir el análisis y oportunidad de la medida de acuerdo con el fin perseguido por esta», añade. «No hay correlación y proporcionalidad, ni sirve con el fin pretendido de que su hija obedeciese, la violencia desarrollada, violencia no fortuita como se dice en el recurso, sino consciente y voluntaria, y desencadenante de las lesiones que fueron objetivadas pericialmente en la menor», concluye.

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