Villa Magdalena, hoy convertida en biblioteca.

El Supremo eleva a más de 43,5 millones de euros el valor de Villa Magdalena

El Ayuntamiento deberá de abonar a Comansa alrededor de otros 30 millones más por el palacete expropiado en 1998

Gonzalo Díaz-Rubín

Miércoles, 11 de mayo 2016, 20:56

El Tribunal Supremo ha aceptado parcialmente el recurso de Comansa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 2012 en la que, dejando de lado la pericial judicial, situaba el justiprecio de Villa Magdalena en 21,2 millones de euros. En resumen, según calcularon ayer ambas partes, el Ayuntamiento deberá pagar a la expropiada otros más de 22 millones de euros como justiprecio, a sumar a los 21,2 abonados hasta la fecha. A ellos habrá que sumar los intereses legales devengados desde que Comansa solicitó la retasación del palacete en marzo de 2007, aproximadamente 16,2 millones de euros, de los que el Ayuntamiento aún tendría que abonar más 8. En total, el fallo del Tribunal Supremo supondría que el Consistorio deberá desembolsar otros 30 millones de euros por el palacete.

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La cifra exacta no es fácil de cerrar. El alto tribunal, de hecho, la deja para la ejecución de sentencia, pero marca los límites en los que se moverá la nueva valoración de la expropiación del palacete, hoy convertido en la biblioteca más cara del mundo.

El Supremo rechaza elevar la edificabilidad más allá del 3,37 metros construibles por metro cuadrado de suelo de la finca.El resto del fallo desmonta los argumentos de la sala del TSJA y del municipio. En especial, la interpretación de la sala de que, en contra del criterio del perito, Villa Magdalena vive en la frontera. El TSJA estimó que el suelo de la parcela expropiada debía de valorarse haciendo una media entre el polígono fiscal de la plaza de América y el de San Claudio, ya que se encontraba en el límite entre ambas. También que la valoración debía minorarse en razón que de las calles adyacentes soportan mucho tráfico. O, en detalle puramente jurídico, que los cálculos sobre el valor de los terrenos, la repercusión del coste de las obras en los que basa su sentencia el TSJA se hicieron al margen de la pericial judicial y acudiendo «a un método no admitido por la jurisprudencia».

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