EL TSJA rechaza ampliar la jornada de las educadoras infantiles
Considera que el Ayuntamiento obró de manera adecuada al ampliar los contratos de parte de la plantilla para cubrir los 25 despidos
R. AGUDÍN
OVIEDO.
Domingo, 3 de enero 2021, 01:16
Dos sentencias de instancia contradictorias y un mismo problema: la situación de las 25 trabajadoras de las escuelas de Educación Infantil de Oviedo con contratos a tiempo parcial que pedían la ampliación de sus contratos a jornada completa. La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha puesto punto final al proceso, desestimando la pretensión de las trabajadoras y cerrando el conflicto abierto por la decisión del equipo de gobierno de no renovar sus contratos por obra y servicio a las puertas del inicio del curso pasado, ante las advertencias legales de Abogacía Consistorial sobre el uso fraudulento de este tipo de contratos.
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La decisión de PP y Ciudadanos complicó el inicio del curso y obligó al Ayuntamiento a ofrecer a las 44 educadoras que tenían contratos a tiempo parcial nuevos acuerdos con un incremento del 30% de su jornada laboral para tratar de tapar el agujero dejado por los despidos de sus 25 trabajadoras con contrato por obra y servicio.
Cuando en enero de este año, los tribunales declararon improcedentes los ceses, el Ayuntamiento optó por acatar el fallo y readmitir a las trabajadoras en sus anteriores puestos de trabajo, pero en las condiciones que tenían cuando fueron cesadas. Lo que creó un agravio comparativo entre estas y sus compañeras, al igual que ellas ahora personal laboral no fijo por sentencia pero con menor antigüedad reconocida, que habían visto incrementada su jornada laboral y sus emolumentos. Con este argumento acudieron a los tribunales y, después de dos sentencias en sentidos opuestos en instancia, el TSJA considera que no resultan comparables, porque los contratos de las recurrentes «habían sido extinguidos y, por tanto, falta el presupuesto básico para la pretendida novación modificativa», que tuviesen un contrato como era el caso de sus compañeras a las que se les amplió la jornada laboral para suplir las vacantes.
Además, la Sala entiende que había «una justificación objetiva y razonable que legitima el trato dispar» pues precisamente «la novación contractual de los 44 técnicos de Educación Infantil con contratos a tiempo parcial, incrementando su jornada en un 30%, tenía por objeto cubrir la jornada dejada vacante por el despido de las 25 trabajadoras con contrato por obra y servicio en lugar de proceder a nuevas contrataciones temporales».
En segundo lugar, el auto destaca que, «al optar por la readmisión de las actoras», lo que hizo el Ayuntamiento «fue restituir a las demandantes, bien que en calidad de trabajadoras indefinidas no fijas, en sus antiguas condiciones de trabajo, esto es, en sus contratos de trabajo a tiempo parcial de 26,25 h semanales, devengando un salario por todos los conceptos de 53,03 euros brutosdiarios» y sujetas al convenio de trabajo del Ayuntamiento de Oviedo, dando así «la Corporación demandada» «fiel cumplimiento de la resolución judicial que así lo había acordado, sin que quepa exigirle, por tanto, la novación contractual postulada».
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La trabajadoras reclamaban, además de la ampliación de su jornada, 25.000 euros en compensación por los perjuicios causados.
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