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Karla Pérez vivía en Oviedo. E. C.

El exnovio de Karla Pérez, condenado por un asesinato en el que no dio oportunidad de defensa a la víctima

Alcanza el veredicto por unanimidad tras cinco horas de deliberaciones y cinco sesiones de juicio

CECILIA PÉREZ

OVIEDO.

Jueves, 7 de junio 2018, 04:20

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Culpable de asesinato. Tras cinco horas de deliberación, el jurado popular acusó por unanimidad a Abdelwahid Aghbalou de un delito de asesinato, por estrangular a su expareja, Karla Pérez, la noche del 10 de julio de 2016, junto a unas casetas militares en la playa de La Hípica, en Melilla. El tribunal popular estimó «absolutamente» todas las tesis de las acusaciones y no aceptó ninguna de las propuestas por la defensa.

Los miembros del jurado dieron por probadas dos de las pruebas claves para decantar su decisión. Por un lado, el ataque a Karla Pérez, que acabó con su vida. Estimaron que fue «por sorpresa» sin que la víctima tuviese «ninguna posibilidad de defensa». En segundo lugar, que el acusado conocía el lugar de los hechos, completamente apartado, solitario y poco iluminado, lo que facilitó la comisión del delito, apreciaron. Añadieron incluso que «preparó el escenario» cuando dejó el cuerpo de Karla Pérez recostado en una jardinera y apoyado en su maleta para que pareciese «algo natural» y que nunca llamó a una ambulancia porque «sabía que estaba muerta» a pesar de que él declaró que pensó que estaba «desmayada» o que «fingía» cuando le apretó el cuello hasta que «bajó los brazos».

Del procesado resaltaron su carácter «violento» y «agresivo», como así testificaron los familiares de la víctima y sus amistades durante la segunda jornada del juicio, que narraron incluso «agresiones» a su propio hijo. También el control que llegó a ejercer sobre su expareja, aún cuando fue expulsado de España. «Continuaba comunicándose con ella diariamente».

El jurado consideró que el ataque se produjo por sorpresa sin posibilidad de defensa

Rechazaron los eximentes presentados por la defensa de trastorno mental transitorio y consumo de drogas y precisaron que «nunca reconoció el crimen hasta que se lo comunicaron en Comisaría» y que solo acudió a la Policía para «deshacerse del niño» y huir.

Ante la unanimidad del veredicto, el Ministerio Fiscal mantuvo la pena de 25 años por asesinato, uno por quebrantamiento continuado de condena y una multa de tres meses por un delito leve de multa.

Las acusaciones se sumaron al escrito de Fiscalía que también solicitaron la retirada de la patria potestad del hijo que tuvo con la víctima.

Por su parte, la defensa solicitó que se le condene a quince años de cárcel por asesinato, seis meses por quebrantamiento de condena y un mes de multa por un delito leve de hurto. Sobre la patria potestad del menor, reclamó que se inhabilite para ello tan solo el tiempo que dure la condena. La defensa ya anunció que piensa recurrir.

Última palabra

El veredicto, unánime, llegó tras una jornada en la que las partes intentaron inclinar el veredicto de los miembros del jurado a la pena por asesinato, como así pidió el Ministerio Fiscal y las acusaciones, o la pena por homicidio imprudente, solicitada por la defensa. En una vista, que se prolongó durante cuatro horas y donde el acusado hizo uso de su derecho a la última palabra: «Pido perdón a la familia de Karla, a sus padres, y hermano y sobre todo a mi hijo», aseveró entre sollozos. Hay que recordar que el procesado quitó la vida a Karla Pérez en presencia del hijo de ambos, un bebé de tan solo diez meses de edad. Y ayer apeló al daño causado a la familia de la víctima: «Entiendo el dolor de sus padres al haber perdido una hija pero yo también he perdido el mío», señaló. También tuvo palabras para su propia familia. «Pido perdón a mis padres porque no me van a volver a ver más», dijo entre llantos.

La Fiscalía del Principado de Asturias calificó la vista oral, que se prolongó durante cinco días, como «un 'tsunami' de prueba acusatoria arrolladora» contra el procesado. Durante hora y cuarto enfatizó que el acusado «urgió la trama para que Karla fuese a Melilla» a través de los mensajes y llamadas, 84 cifró, que le hizo días antes de que ella se trasladase a la ciudad autónoma. El fin era, según Fiscalía, que ella le acompañara hasta Marruecos para que la familia de este conociese al hijo de ambos antes de que Karla regresara con sus padres a Ecuador, su país de origen. «Ella había pedido la patria potestad para su hijo y él no lo iba a aceptar. Impidió que viajara a Ecuador matándola».

En su alegato puso el foco de atención en la hora de la muerte. Este dato propició un giro inesperado durante la última sesión del juicio. Los forenses la fijaron entre las siete y las ocho de la mañana del 10 de julio de 2016. Sin embargo, las cámaras del lugar donde apareció el cadáver grabaron al acusado abandonando el lugar solo junto a su hijo a las 05.38 de la madrugada, dejando atrás a Karla. Si es así, la joven permaneció con vida una hora y veinte minutos. «El forense se equivoca completamente», sentenció el fiscal.

En cuanto a cómo se produjo el ataque, todos, excepto la defensa, coincidieron en señalar como agravantes la alevosía y la discriminación por razón de género. La acusación particular, ejercida por Mario Kopke, añadió que «Karla no tenía restos biológicos del acusado lo que demuestra que no pudo defenderse y que el ataque fue por sorpresa». El letrado señaló que el «único error de Karla fue haber sido demasiado buena» y concluyó que todas las pruebas apuntaron a que el procesado de manera «consciente y premeditada acabó con la vida de Karla».

«Miedo insuperable»

Mismo argumento que exprimió al máximo la abogada del Estado. La acusación pública dejó claro que «ella no pudo defenderse» porque «la superioridad del acusado sobre Karla es manifiesta». Echó por tierra los argumentos presentados por la defensa de arrebato y trastorno mental transitorio como atenuantes. Este apeló al «miedo insuperable» de su defendido ante la amenaza de Karla de avisar a la Policía tras la discusión que mantuvieron en la playa y que finalizó con el estrangulamiento de la joven. «No existe un temor mayor o igual que el daño que causa. Él no tenía miedo a ser detenido, de hecho, entró en el país vulnerando la orden de expulsión», esgrimió la abogada del Estado. El procesado fue condenado en marzo de 2016 por un delito de lesiones y amenazas contra Karla, lo que motivó su expulsión de la península y la prohibición de acercarse y comunicarse con ella.

El letrado del acusado, Lorenzo Álvarez, recalcó ante el jurado que «para que haya asesinato tiene que tener intencionalidad de matar y él eso no lo hizo, solo quiso evitar que ella gritara», señaló. La defensa tampoco dejó muy bien parada a la víctima y eso le valió una llamada de atención por parte del magistrado, Javier Domínguez Begega. Sucedió cuando quiso explicar que su cliente no ejerció ningún control sobre su víctima mientras estaba en Marruecos. Fiscalía señaló que llamó a su víctima hasta en 84 veces, días antes de viajar a Melilla. «Por muchos mensajes que le haya mandado, Karla podía haber cortado la comunicación a no ser que fuese tonta o disminuida», espetó. Algo que molestó especialmente a los miembros del jurado y que no perdonaron en su veredicto. El juicio ha quedado visto para sentencia.

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