La asistente de Begoña recurre la malversación: pese a su «escueto salario de 2.500 euros» nunca ha «desatendido sus funciones»
«Estamos ante la instrucción en la que los mismos hechos son o no constitutivos de delito según el día de la semana en que nos encontremos«, alega la defensa de Cristina Álvarez
«Con independencia de lo moderado de su salario de unos 2.500 euros mensuales, no consta dato ni indicio ninguno de que mi patrocinada ... haya desatendido sus funciones por haberse dedicado a tareas privadas de doña Begoña Gómez. Al contrario, ha cumplido con sus obligaciones de manera exquisita, con una dedicación intensa, prácticamente sin horario, y muy por encima de lo que cabría esperar por su escueto salario. No existe ningún indicio de incumplimiento de ninguna de sus funciones».
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Esa es la literalidad del párrafo final del recurso presentado este martes por Cristina Álvarez (la asistente de Moncloa acusada por el juez Juan Carlos Peinado de trabajar para la cátedra de Begoña Gómez a pesar de cobrar un sueldo público de Presidencia) contra la decisión del instructor de iniciar los trámites para enjuiciarla ante un jurado popular acusada de malversación junto a la mujer de Pedro Sánchez y al delegado del Gobierno en Madrid, Fran Martín.
La empleada de Presidencia, en su alegato de diez páginas al que ha tenido acceso este periódico, critica muy duramente la instrucción de Peinado, al que acusa directamente, entre otras cosas, de desobedecer «al criterio de la Audiencia Provincial» que negó, según su entender, «de manera expresa y tajante» que la asistente hubiera podido cometer el delito de malversación.
«Estamos ante la instrucción en la que los mismos hechos son o no constitutivos de delito según el día de la semana en que nos encontremos», llega a ironizar Álvarez, que insiste en asegurar que el magistrado, como ya hizo «hasta tres veces» en su empeño en incluir el rescate de Air Europa en su investigación, «vuelve ignorar el criterio de la superioridad, llegando esta vez incluso a mutilar un auto de la Audiencia Provincial, que transcribe parcialmente y de manera descontextualizada para disimular su rebeldía».
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José María de Pablo, letrado de la empleada de Moncloa, incide en su argumento de que «para que la posible dedicación de Álvarez a tareas privadas de Begoña Gómez fuese constitutiva de delito de malversación, sería necesario que la primera 'cobrara un sueldo sin prestar ninguna de las funciones para las que estaba contratada'», como dijo la Audiencia Provincial en su momento.
«Inquietante»
«Es inquietante lo que está ocurriendo con Álvarez», clama su abogado. «Dos veces se ha acordado investigarla (primero por tráfico de influencias y ahora por malversación) y las dos veces, para hacerlo, ha sido necesario modificar el criterio jurídico expresado previamente por el juzgador y por la Audiencia Provincial en anteriores resoluciones», denuncia el recurso.
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«¿Dónde está la seguridad jurídica? ¿Estamos ante un caso paradigmático de derecho penal del enemigo?», llega a preguntarse el conocido abogado, quien insiste en que su defendida, «pese a su condición de funcionaria (eventual), no posee la cualificación específica para la comisión de este concreto delito especial de malversación».
«No basta con ser funcionario público o autoridad para cometer este delito: debe existir también una relación funcional con el caudal público presuntamente malversado: la autoridad o el funcionario deben tener los bienes o caudales públicos a su cargo por razón de sus funciones», afirma el alegato recordando textualmente la redacción del Código Penal.
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