La DGT no renovará el carnet de conducir a quienes tomen estos medicamentos
La normativa pretende reducir la siniestralidad y recuerda que es responsabilidad del conductor informar de cualquier tratamiento farmacológico que se siga
La Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha avisado de la implementación de nuevas normativas que afectan a la renovación del carnet de conducir para aquellas personas que toman medicamentos y que pueden interferir en la capacidad de conducción.
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Esta medida surge con el objetivo de reducir accidentes y promover una conducción más segura, en particular entre aquellos conductores que requieren tratamientos que puedan comprometer sus reflejos, concentración y capacidad de respuesta.
En concreto son aquellos medicamentos que afecten el sistema nervioso central como los ansiolíticos y antidepresivos, opiáceos utilizados para tratar el dolor intenso, los antihistamínicos utilizados para las alergias y en especial los de primera generación que disminuyen los reflejos.
Listado de medicamentos
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Ansiolíticos y antidepresivos. Pueden provocar somnolencia y disminuir los reflejos, incrementando el riesgo de accidentes.
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Antihistamínicos. Utilizados para tratar alergias, también pueden causar somnolencia y retrasar el tiempo de reacción.
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Opiáceos y otros analgésicos fuertes. Se utilizan para tratar el dolor y pueden afectar a la concentración y los reflejos.
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La insulina en diabéticos, que podría llevar a una baja de azúcar con efectos de confusión, mareo o incluso pérdida de la conciencia.
Con esta norma se prevé que aquellos conductores que tengan algún tratamiento farmacológico no renueven su carnet de conducir y será responsabilidad del conductor informar sobre el tratamiento que esté siguiendo.
La DGT también informa que existen enfermedades limitantes a la hora de renovar el permiso de conducir como son las cardiopatías ya que se deberá esperar que transcurran los plazos de recuperación hasta poder volver a conducir.
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Las enfermedades neurológicas también son motivo de suspensión del carnet ya que pueden dar lugar a epilepsias e interferir en la conducción. La esquizofrenia, la demencia o la depresión grave también impiden la conducción tal y como recalca tráfico.
En caso de no cumplir con dicha normativa, el conductor se expone a sanciones económicas, la retirada del carnet e incluso a cargos penales en caso de accidente. Por ello, los seguros podrían anularse y no tener que cubrir los daños ocasionados.
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