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Así te puedes jubilar antes gracias a la mili

El Servicio Militar solo se puede utilizar en casos de jubilación anticipada, bien sea voluntaria o involuntaria, y parcial

Domingo, 23 de febrero 2020, 00:56

Conforme se acercan los 65 años empiezan los cálculos con el objetivo de conseguir la situación más beneficiosa para acogerse a la jubilación. En este punto final de la vida laboral existen diferentes matices que pueden condicionar el cobro de la pensión.

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En este sentido, existe una disposición en la que se 'premia' haber realizado el Servicio Militar, y que afecta también a las mujeres y a aquellos que presentaron objeción de conciencia.

Toda aquella persona que realizó la mili dispone de la Cartilla Militar o incluso podría pedirla en el Ministerio de Defensa. Por este documento se deja constancia firmada del periodo militar que se prestó años atrás.

Por ello, para acogerse a la jubilación anticipada, la mili puede ser beneficiosa. Con la Cartilla se solicita un certificado de Servicios Prestados y con toda esta documentación se puede acercar a la pensión de jubilación.

Eso sí, hay que destacar que el Servicio Militar sólo se puede utilizar en casos de jubilación anticipada, bien sea voluntaria o involuntaria, y parcial, por lo que se contabilizará en casos de jubilaciones normales, en la que se dispone del periodo de cotización cumplido o se supera la edad mínima legal para jubilarse.

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