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Estación ferroviaria de Congostinas, donde ocurrieron los hechos. Jesús Manuel Pardo
Un año de cárcel para cada uno de los dos encargados de Adif por un accidente mortal en Lena
En la estación de Linares

Un año de cárcel para cada uno de los dos encargados de Adif por un accidente mortal en Lena

Ambos reconocieron ser los responsables del homicidio por imprudencia grave. Un operario falleció electrocutado en 2018

E. C.

Oviedo / Lena

Miércoles, 26 de febrero 2025, 19:41

Dos encargados del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), acusados por un accidente durante la realización de unas obras en una estación ferroviaria en Linares (Lena) en 2018, en el que falleció electrocutado un operario, reconocieron este miércoles su responsabilidad penal en el siniestro, tal y como sostenía la Fiscalía del Principado. Así, cada uno de ellos aceptó la pena de un año de prisión por el delito de homicidio por imprudencia grave y de tres meses por cada uno de los dos delitos de lesiones por imprudencia grave de los que estaban acusados.

Según la Fiscalía –en la vista que se celebró este miércoles en el Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo–, Adif contrató a la UTE (unión temporal de empresas) Mantenimiento Noroeste para la ejecución de obras de asistencia al mantenimiento preventivo, correctivo y obras auxiliares de las instalaciones de electrificación. Los trabajos consistían en conectar eléctricamente una subestación eléctrica fija con una móvil, para lo que había que pasar el cable por encima de las vías, a través de un pórtico.

El día del accidente –el 11 de junio de 2018–, a las diez de la noche, se estaban realizando una serie de tareas en el pórtico existente sobre las vías 1 y 3, que transmitía la corriente desde la subestación eléctrica de la estación. La aportación de trabajadores por parte de una de las empresas de la UTE era la de J. A. F. (quien resultó fallecido). Por parte de la otra, el jefe de equipo de la brigada, el oficial de segunda operario y el conductor, operador del ferrocamión. Por Adif, únicamente se encontraba, en ese momento, uno de los acusados como encargado de los trabajos de electrificación.

Sobre las 22.30 horas, un trabajador y uno de los acusados confirmaron 'in situ' los trabajos a realizar. El operario precisó al encargado que días antes habían conectado el cable a la barra ómnibus y que, si no, debería haber alguien que se ocupara de la subestación fija, a lo que el acusado le contestó que se ocupase de sus tareas, que él se encargaba de las suyas. Sobre las once de la noche, el segundo acusado solicitó mediante telefonema al puesto de mando de Oviedo el corte de tensión de la subestación móvil, que en ese momento alimentaba a la catenaria.

Sin corte de electricidad

J. A. F. falleció electrocutado por alta tensión. El accidente se produjo como consecuencia de la falta de corte de la electricidad de la subestación fija. Por causas que se desconocen, el procedimiento de verificación de la existencia de electricidad no funcionó (por fallo del instrumental, por incorrecta aplicación del procedimiento o por incorrecta identificación de los puntos de verificación al no suministrarse la información oportuna), si bien tal mecanismo es un sistema adicional de verificación que puede detectar errores previos, pero que no supuso la causa del accidente, sin perjuicio de que su correcto funcionamiento hubiese podido detectar la existencia de corriente eléctrica.

La causa principal, fundamental y originaria del accidente es una identificación incorrecta de partes activas en tensión de los equipos sobre los que se estaba operando, así como la no adopción correcta de las medidas para su desconexión. Por tanto, el hecho de no haber solicitado el corte de la electricidad de la línea es la causa principal del accidente. Ese corte de electricidad lo debía haber ordenado uno de los acusados, el encargado de la obra y de su coordinación.

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