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El Constitucional dice que la Junta vulneró la presunción de inocencia

Rechaza que las comisiones parlamentarias de investigación puedan imputar delitos, como ocurrió en la del GITPA

A. MORIYÓN

OVIEDO.

Jueves, 22 de junio 2023, 03:00

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El Tribunal Constitucional considera que las conclusiones de la comisión de investigación parlamentaria sobre la actividad de la empresa pública de Gestión de Infraestructuras Públicas de Telecomunicaciones del Principado de Asturias (GITPA), aprobadas por el Pleno de la Junta General, vulneraron el derecho a la presunción de inocencia garantizado por la Constitución de una empleada de dicha empresa. El Constitucional concluye en una sentencia dictada por unanimidad que las comisiones de investigación parlamentarias «no pueden imputar hechos delictivos a quienes comparezcan en ellas, porque ello supondría vulnerar su presunción de inocencia», y argumenta que «toda actividad indagatoria encaminada a verificar si determinadas conductas constituyen infracciones de naturaleza penal o administrativa excedería las competencias legal y constitucionalmente atribuidas a una comisión parlamentaria de investigación».

El caso se remonta a 2016, cuando -«estando ya abierta una investigación judicial»- se iniciaron los trámites para la creación de una comisión de investigación en la Junta sobre la gestión y actividad desarrollada por la empresa pública GITPA. La mujer, que llevó el caso ante el Constitucional, fue llamada a comparecer ante la citada comisión, que en sus conclusiones llegó a imputarle hechos que, descritos con detalle, revisten carácter delictivo. Para los magistrados, esta forma de actuar se considera lesiva del derecho a la presunción de inocencia como regla de tratamiento.

LOS DATOS

  • 2016 Se crea una comisión parlamentaria sobre la gestión de la empresa pública GITPA.

  • 2018 Las conclusiones, que se aprueban con votos del PP, Podemos y Cs, atribuyen delitos a una trabajadora, que la justicia archivaría posteriormente.

  • 2023 El Constitucional acusa a la Junta General de vulnerar el derecho a la presunción de inocencia.

«No les corresponde»

Así las cosas, el Constitucional ha incidido en que «a las Cámaras, en el ejercicio de su actividad investigadora, ni les corresponde efectuar una calificación jurídica de los hechos investigados, ni llevar a cabo imputaciones o determinaciones personales sobre la autoría de comportamientos ilícitos». En este sentido, ha recalcado que el derecho a la presunción de inocencia impide a los poderes públicos tener por culpable a quien no ha sido declarado así tras un previo juicio justo.

De hecho, este informe de la comisión de investigación sobre GITPA -que fue aprobado en 2018 en la Junta General con los votos de PP, Podemos y Ciudadanos- culpabilizaba a esta trabajadora de delitos que la justicia archivó.

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