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El Descenso Folclórico del Nalón.
Sanción a un policía nacional que hizo el descenso del Nalón cuando llevaba año y medio de baja

Sanción a un policía nacional que hizo el descenso del Nalón cuando llevaba año y medio de baja

El agente tenía una lesión en la cadera y había sido operado de la espalda por lumbalgia, pero ello no le impidió participar en esta fiesta

efe

Martes, 28 de marzo 2017, 20:04

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El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha suspendido durante 50 días a un policía nacional que participó en el descenso del río Nalón estando de baja por un problema de salud en la espalda. La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el agente y confirma la sanción, pero la rebaja de dos meses y medio a 50 días.

El policía fue sancionado por una falta en junio de 2015 por "infracción grave y manifiesta de los deberes y obligaciones inherentes a la función policial".

El agente estaba de baja desde febrero de 2013 por una lesión en la cadera y fue operado de la espalda por lumbalgia un año después. Estando en situación de baja médica para el servicio, en agosto de 2014 participó en el llamado descenso folclórico del río Nalón, en Asturias.

La Unidad de Asuntos Internos de la policía remitió documentación sobre ese hecho y sobre el riesgo físico que representaba para la recuperación de la lesión del agente a la Dirección General de la Policía que le abrió expediente disciplinario. Según la sentencia, el policía admitió su participación en el descenso, alegó que el médico que le operó le había autorizado, que lo hizo andando y que no tuvo dolores después.

El expediente determinó que el agente había ayudado a arrastrar una embarcación hasta el río unos 3 kilómetros y después, nadando y andando, también ayudó a que descendiera por el río y posteriormente a sacarla del agua arrastrándola.

El tribunal desestima que el procedimiento sancionador estuviera caducado o que fuera sancionado sin pruebas como alegó el policía afectado. La sala afirma en la sentencia que el policía tomó parte activa y voluntariamente en una actividad difícil y arriesgada, como revelan las fotografías y testimonios que obran en el expediente que se le abrió.

El tribunal afirma que al policía "le es exigible esforzarse para mejorar su aptitud profesional y su capacidad de trabajo" y , en el caso de estar de baja, eso se traduce en "hacer todo lo posible para la pronta recuperación e incorporación al servicio" y evitar situaciones de riesgo que pudieran retrasarla.

La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJIB admite el recurso del policía de que la sanción es "desproporcionada" porque se fijó en su tercio más elevado (puede ser de 5 días a tres meses) sin señalar por qué.

Los jueces creen que hubo "intencionalidad" por parte del agente porque "solicitó una autorización ficticia" del médico que le había operado a quien no explicó en qué consistía el descenso del río, pero consideran que no está probado que se haya retardado la reincorporación al trabajo. Por ese motivo fijan la sanción en su grado medio, en un mes y 20 días.

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