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Una pareja ante un notario. R. C.
La firma de hipotecas se podrá hacer sin el nuevo proceso informático hasta finales de julio

La firma de hipotecas se podrá hacer sin el nuevo proceso informático hasta finales de julio

Aunque el lunes se pone en marcha la ley, Justicia amplía un mes y medio el plazo para que la banca se adapte a la plataforma para informar al notario

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Viernes, 14 de junio 2019, 18:32

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El sistema informático por el que las entidades financieras están obligadas a remitir a los notarios las condiciones de sus hipotecas para que puedan ser analizadas por los fedatarios públicos y sus clientes se ha convertido en el último bache para que se ponga en marcha la reforma hipotecaria, que entrará en vigor el próximo día 16 (domingo), y en la práctica el 17 (lunes). El retraso en el proceso de adhesión de una parte de los bancos a la plataforma del Consejo General del Notariado (Ancert) ha obligado al Ministerio de Justicia a ampliar durante un mes y medio más, hasta el 31 de julio, el actual procedimiento por el cual las entidades se comunican con los notarios.

La Dirección General de Registros y Notariado emitió este viernes una instrucción en la que justifica esta decisión porque, reconoce, «no se ha completado la conexión informática de algunas entidades de crédito» durante las últimas semanas. La ley, aprobada el 15 de marzo, le sucedió un reglamento, con fecha de 26 de abril en el BOE.

De esta forma, las comunicaciones entre las sucursales y las notarías podrán seguir realizándose como hasta ahora: la entrega de la documentación en papel, la remisión por correo postal o la utilización de medios informáticos (el correo electrónico, fundamentalmente) siempre que «reúnan las debidas medidas de seguridad», destaca Justicia.

El departamento dirigido por Dolores Delgado -es que tiene las competencias en materia notarial y registral- ha aclarado que esta medida transitoria no exime de todas las obligaciones derivadas de la nueva legislación. Entre otras, que los clientes de la banca tienen el derecho a elegir libremente su notario; que las entidades deben entregarles las ofertas de las hipotecas vinculantes; y que disponen de un plazo de diez días para analizar el contenido de esos contratos que van a firmar, con la obligación de acudir al notario dos veces: una para aclarar cualquier cuestión, dentro de ese plazo, y la segunda y definitiva para la firma.

Los diez días de tramitación

Además, se ha aprobado otra instrucción en la que se aclara que las hipotecas cuya oferta vinculante se haya entregado conforme a los requisitos de la norma aún vigente, pero que se vayan a formalizar a partir del lunes, no pueden contener modificaciones con respecto a esa oferta en firme. «Si no se acredita el acuerdo previo» entre las partes, recuerda el Ejecutivo, «se aplicará la nueva norma». Por tanto, será necesaria la aprobación del acta notarial, en el plazo de los diez días de estudio, como exige la nueva ley.

El escollo de la plataforma informática de los notarios ha planeado desde que se aprobara la ley, donde se exigía el uso de una plataforma fiable para que la banca comunicara al notario la documentación del expediente de la hipoteca para que fuera analizado por el fedatario público antes de la firma. Algunas empresas han criticado lo que consideraban como un monopolio el sistema de los notarios, aunque desde el Consejo General del Notariado recuerdan que su sistema está en vigor desde hace varios años, y que se adapta a lo que exige la norma.

Los notarios insisten en que el plazo transitorio para seguir operando como antes «no viene provocado por problemas técnicos» de su plataforma. Sino por la «necesidad» que tienen algunos bancos que aún no se habrían adaptado por falta de tiempo. Fuentes del sector bancario aclaran que han sido unas ocho entidades las que ya han estado probando la plataforma notarial, sin problemas, pero que otras tantas (hay 15 grandes grupos bancarios en la actualidad) aún no lo han hecho. En ningún caso corren riesgo jurídico las operaciones que se formalicen a partir del próximo lunes.

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