Secciones
Servicios
Destacamos
PUBLIRREPORTAJE
Viernes, 13 de julio 2018, 14:36
Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.
Compartir
Las situaciones de incapacidad temporal (IT), antes conocidas como incapacidad laboral transitoria (ILT), o popularmente estar de baja, son situaciones que generan múltiples conflictos con la empresa, con el médico de cabecera o el de la mutua y finalmente con el médico del INSS si la baja se prolonga más de un año.
Es el médico de cabecera, dependiente del SESPA, quien inicialmente nos ha de reconocer la situación de IT, pero ese médico se ve sometido al control de la inspección médica y pasado el tiempo, 365 días, su responsabilidad decae sobre los médicos del EVI, dependientes del INSS. Esto en situaciones de enfermedad común, si estamos ante un accidente de trabajo el médico será de la mutua.
Esta mezcolanza de responsabilidades genera, en ocasiones, situaciones desagradables dado que estando el trabajador todavía en situación de imposibilidad para prestar trabajos el médico de cabecera, el INSS o la inspección, le dan de alta médica. En función de quien nos la haya expedido tenemos un procedimiento u otro para impugnarla, con plazos muy breves y con escasas posibilidades de éxito si los informes médicos no nos acompañan.
Un problema muy habitual es que agotados los 365 días de baja es el INSS el único responsable para dar de nuevo la baja y han de trascurrir 6 meses si la baja es por «igual o similar patología», expresión que se viene utilizando con mucha ligereza y en la que se engloba todo el historial médico del trabajador resultando casi imposible quedar de baja en esos seis meses, salvo que surja Deus ex machina una nueva enfermedad nunca hasta ahora sufrida.
Esta situación descrita, que genera abusos por parte de la Administración, ha de ser bien estudiada y en su caso impugnada ante los tribunales a fin de que no se convierta en uso habitual la denegación sistemática de las bajas médicas y se contradiga la vieja doctrina del Tribunal Supremo de que no se pueden exigir actitudes heroicas a los trabajadores.
Si a la dificultad de que nos den de baja unimos los cortos plazos de recuperación que nos conceden y a eso la cuasi imposibilidad de volver a estar de baja en medio año no sin dificultades, vemos nuestro derecho a la salud y a su tratamiento integral vulnerado por quien ha de implementar y proteger dicho derecho.
Lo expuesto no es óbice para reconocer los abusos por parte de muchos ciudadanos que con su negligente y egoísta comportamiento menoscaban el sistema público de salud y el Estado de bienestar en contra de los que si hacen un uso cívico y responsable del mismo, pero ya se sabe: lo que es del común no es de ningún.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
El juzgado perdona una deuda de 2,6 millones a un empresario con 10 hijos
El Norte de Castilla
TodoAlicante
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.