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Dos trabajadores de Prosegur, durante un partido de fútbol. Archivo
CC OO, UGT y USO respaldaron la estrategia de Prosegur y Securitas para no subir el SMI

CC OO, UGT y USO respaldaron la estrategia de Prosegur y Securitas para no subir el SMI

La Audiencia Nacional considera que eliminaron los pluses de transporte y vestuario a más de 8.000 trabajadores para absorber este alza

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Jueves, 26 de septiembre 2019, 16:22

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Los sindicatos UGT, CC OO y USO consintieron la artimaña utilizada por Prosegur y Securitas, dos empresas líderes en el sector de la seguridad privada, para evitar subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 900 euros al mes a más de 8.000 trabajadores al acordar suprimir los pluses de transporte y vestuario e integrarlos en el salario base. Ésta es la conclusión que se extrae de dos sentencias dictadas el pasado 13 de septiembre por la Audiencia Nacional que anulan parcialmente los convenios colectivos de estas dos compañías en lo referente a la compensación y absorción de los mencionados pluses.

Todo parte de una denuncia interpuesta por CSIF –­según la misma organización explicó ayer en rueda de prensa–, que rechazó estos dos convenios firmados a finales de abril con efecto retroactivo desde el 1 de enero y los impugnó al entender que estos sindicatos «actuaron junto a la empresa contra los intereses de las personas trabajadoras con una práctica ilegal». Y así lo considera también el tribunal, que «condena» tanto a las empresas como a UGT, CC OO y USO a anularlo.

La sentencia advierte que se trata de una «técnica de neutralización y no superposición» de incrementos, de manera que el salario percibido realmente por la persona trabajadora no varía en este caso tras la aplicación del Salario Mínimo. La Sala considera que no cabe compensar y absorber los incrementos del convenio o del SMI con las indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados por el trabajador como consecuencia de su actividad laboral, ya que dichos gastos (en este caso de transporte y vestuario, que ascienden a unos 625 euros anuales) no tienen la consideración de salario, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores.

Precisamente esta es una batalla que a lo largo de este ejercicio han abanderado UGT y especialmente CC OO, exigiendo que las empresas cumplan legalmente con la subida del salario mínimo. Es más, la organización liderada por Unai Sordo inició en junio pasado una campaña para denunciar que a cientos de miles de trabajadores no se les estaba aplicando correctamente este incremento ya que muchas empresas estaban incluyendo en el salario base complementos que no se pueden absorber. El sindicato recordó que esta medida marca un suelo y, por tanto, ningún trabajador a tiempo completo puede tener unos ingresos inferiores a los 12.600 euros brutos anuales, pero proclamó que «es perfectamente posible» que un empleado esté cobrando 1.000 o 1.200 euros al mes y también sea necesario aplicarle un incremento en su nómina a consecuencia de este alza. En este sentido, defendió que existen una serie de pluses personales (antigüedad, peligrosidad, nocturnidad, etc.), así como otra serie de retribuciones extrasalariales (tales como plus de transporte, vestuario, dietas...) que no pueden compensarse.

Por eso precisamente CSIF acusó a estos sindicatos de «actuar de una manera de cara a la galería pero en la práctica comportarse de otra manera bien distinta» y rechazó el argumento dado por estas tres organizaciones de que firmaban este convenio «para evitar una pérdida de competitividad con resultados negativos para el mantenimiento del empleo», ya que –aseguran– «tienen las cuentas saneadas».

Desde CC OO explicaron a este periódico que se trata de «una manipulación absoluta» e incluso negaron que hayan firmado ningún convenio, sino «un documento precisamente para evitar que se absorbieran esos pluses».

Desde CSIF explicaron que para conseguir la devolución de los pluses de enero a mayo -que les ha permitido a las dos empresas ahorrarse unos dos millones de euros-, los trabajadores afectados tendrán que recurrir ante un juzgado de lo social de forma individual.

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