Anulan una sanción policial por desobediencia cuando «intentaba consolar» a su hija durante un ingreso psiquiátrico en Gijón
La magistrada entiende que la denunciada no desobedeció al agente y pone en valor «el estado de sobrecarga emocional de la madre»
La Policía Nacional le había sancionado por un supuesto caso de desobediencia cuando los agentes procedían en Gijón al internamiento psiquiátrico involuntario de su hija. Pero ahora, un juzgado anula la sanción de 601 euros impuesta a dicha madre durante la intervención policial en el ingreso en el Centro de Tratamiento Integral (CTI) de Montevil por entender que la denunciante solo intentaba consolar a su hija. «No hubo ni desobediencia ni negativa intencionada a identificarse por parte de la madre», dice la sentencia judicial.
Los hechos ocurrieron el 7 de octubre de 2020, cuando el CTI alertó a la madre de la ausencia de su hija en el centro. La mujer localizó a la joven y facilitó su regreso, pero, ante la resistencia de esta, se solicitó apoyo policial. Durante la intervención, la madre intentó consolar y tranquilizar a su hija. Estos actos fueron interpretados como desobediencia por parte de los agentes, siendo multada con 601 euros.
La sentencia, dictada por la magistrada Estefanía López Muñoz, pone en perspectiva que «la conducta de la madre fue una reacción comprensible en un contexto de profunda tensión emocional, sin que exista constancia de una voluntad real de impedir la laboral policial ni una negativa intencionada a identificarse», tal y como sostenía la denuncia policial, poniendo en valor la importancia de contextualizar la actuación de las personas en este tipo de situaciones.
El juzgado no solo ha ordenado la anulación de la sanción, sino que además condena en costas a la Administración, contra dicha sentencia no procede recurso de apelación debido a la cuantía de la multa.
Desde Asociación de Familiares y Personas con Enfermedad Mental (Afesa) Salud Mental de Asturias, que ha prestado apoyo jurídico a la recurrente a través del letrado Eladio Rico, se valora esta resolución como «un paso importante hacia una mayor sensibilización institucional en materia de salud mental y derechos de las familias». La entidad considera que el fallo «sienta un precedente relevante y recuerda la necesidad de aplicar protocolos de intervención con proporcionalidad y humanidad, sobre todo, en contextos delicados. También es conveniente poner en valor la importancia de acudir a los Tribunales para defender los derechos de las personas con discapacidad y sus familias, incluso cuando el esfuerzo desplegado no sea rentable en términos económicos. Casos como este demuestran que esa implicación puede tener un impacto real en la protección de derechos y en la transformación de las prácticas institucionales».
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.