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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) deniega la indemnización de un millón de euros solicitada por una mujer transexual de Gijón que ... culpabilizaba al Servicio de Salud del Principado de no haber culminado el proceso de cambio de sexo iniciado en 1992. Considera que si no se sometió a la última cirugía de vaginoplastia fue debido a su obesidad, lo que desaconsejaba la compleja intervención quirúrgica.
Reclamaba al Sespa un millón de euros en concepto de daños y perjuicios y fundamentaba su demanda en «una incorrecta asistencia sanitaria prestada por el Servicio de Salud del Principado de Asturias tras el proceso de transición sexual por cambio de género, que está pendiente de culminación«. »Dicho tratamiento inconcluso tiene graves padecimientos de salud como gran malestar, mareos, náuseas, la uretra está menguando, camina muy mal por dolor de ingles», detallaba en la demanda.
Hacía referencia a «una incorrecta y poco diligente actuación médica, derivada principalmente de una serie de actuaciones y tratamientos hormonales sin solución de continuidad». Exigía ante el TSJA que «se culmine le proceso de cambio de género y a que, en definitiva, se reconozca el derecho a la prestación sanitaria en centro público o privado concertado, así como a una indemnización de un millón de euros».
Sin embargo, el tribunal da la razón al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) al considerar que «realmente hubo actividad asistencial y no se aplicó la cirugía pretendida por la paciente debido precisamente al principio de prudencia y precaución». «La condición suspensiva está en manos de la paciente y a la reducción del índice de masa corporal», abunda el fallo.
«La demandante inició su proceso para transición sexual para cambio de género en 1992, pero todos los hitos asistenciales y peregrinaje médico se ultiman con el diagnóstico y calificación de la paciente que efectúa en marzo de 2015 el Hospital Carlos Haya de Málaga y la excluye expresa y motivadamente de la lista de espera quirúrgica por exceso de peso», explica la resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo.. No obstante, la paciente ejerció su derecho «a insistir en la búsqueda de solución ante al Sespa en marzo de 2020, solicitando que se realice sin demora la intervención quirúrgica de cambio de sexo, lo cual conduce a una nueva valoración del servicio de cirugía plástica del centro hospitalario malagueño especializado: »Con ese índice de masa corporal es imposible realizar técnica de reasignación con inversión de la piel peneana«, recoge el informe médico.
«Se informa que dada la obesidad que presenta la paciente estaría contraindicada la técnica quirúrgica (genitoplastia feminizante tanto por inversión peneana como por colovaginosplastia) por un mayor riesgo anestésico y quirúrgico postoperatorio. En suma, considera probado que la cirugía demandada de reasignación de sexo estaría contraindicada, por lo que acometerla vulneraría la lex artis», recoge el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que desestima el recurso sobre la reclamación de indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial. Le impone además las costas procesales a la mujer transexual, que deberá pagar 300 euros.
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