Borrar
El 'Cascayu', este jueves. En el vídeo: La comparecencia de los representantes de 'Stop Muro'. Damián Arienza

Una sentencia judicial tumba el 'cascayu' y ordena la restitución del tráfico en el Muro

Da la razón a Stop Muro y dice que la obra no correspondía a una actuación provisional. La oposición exige rectificar la medida y dimisiones de los concejales responsables

GUILLERMO MAESE EUGENIA GARCÍA

GIJÓN.

Viernes, 1 de abril 2022, 01:25

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Varapalo judicial al Ayuntamiento. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Gijón ordena la «restitución del tráfico rodado de forma permanente» en el 'cascayu'. Estima, por tanto, el recurso que interpuso la plataforma Stop Muro a la resolución administrativa de Alcaldía que cerró el tráfico en el Muro de este a oeste.

Fue, así lo defendieron Ana González, Aurelio Martín y Olmo Ron, una medida provisional derivada de la situación pandémica. Una obra de emergencia para ampliar espacios peatonales. Pero no ha lugar. La jueza Estefanía López desestima los argumentos municipales y obliga a restablecer el tráfico en la zona. Sobre esta sentencia cabe apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Aunque el Ayuntamiento aún no ha desvelado sus intenciones, tiene quince días hábiles desde ayer para presentar un recurso. De recurrir, la ejecución de la sentencia no tendría que aplicarse hasta conocer la resolución del alto tribunal asturiano. No obstante, Stop Muro, representado por el abogado Héctor Díaz Castañeda, podría reclamar la ejecución provisional de la reapertura.

LAS TRES CLAVES DE LA SENTENCIA

  • 1 de la obra por la situación pandémica. Así lo considera la jueza porque se realizaron actuaciones «invasivas» (eliminación de tamarindos, fresado del asfalto o supresión de semaforos) que revelan que no tenían un «verdadero caracter provisional».

  • Incongruencia de la obra por la situación pandémica. Así lo considera la jueza porque se realizaron actuaciones «invasivas» (eliminación de tamarindos, fresado del asfalto o supresión de semaforos) que revelan que no tenían un «verdadero caracter provisional».

  • 2 de las actuaciones conforme al Real Decreto de medidas urgentes contra la covid. El 'cascayu' incumple el requisito de ser una actuación inmediata puesto que se tardó tres meses en ejecutar la obra.

  • Inadecuación de las actuaciones conforme al Real Decreto de medidas urgentes contra la covid. El 'cascayu' incumple el requisito de ser una actuación inmediata puesto que se tardó tres meses en ejecutar la obra.

  • 3 del plan urbanístico del Muro aprobado en 2004 y añadido en el PGO de 2019. El 'cascayu' contraviene al acuerdo que exigía asegurar la doble circulación en el Muro ya sea a través de un túnel o doble carril.

  • Incumplimiento del plan urbanístico del Muro aprobado en 2004 y añadido en el PGO de 2019. El 'cascayu' contraviene al acuerdo que exigía asegurar la doble circulación en el Muro ya sea a través de un túnel o doble carril.

La sentencia da la razón de forma clara y contundente a la recurrente en los tres motivos que razona en su demanda: incongruencia de la obra con la situación pandémica, inadecuación del trámite seguido para la contratación de las obras e incumplimiento del plan especial para el tratamiento de la fachada marítima del Muro. Ni siquiera da la razón al Ayuntamiento en su intento de considerar a Stop Muro como un recurrente carente de legitimación para impugnar una resolución de Alcaldía. La Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana avala, explica la sentencia, la acción pública de la plataforma ciudadana.

Oscar Álvarez, Montserrat Medina y el abogado Héctor Díaz ayer en la sede vecinal de Somió.
Oscar Álvarez, Montserrat Medina y el abogado Héctor Díaz ayer en la sede vecinal de Somió. arienza

Las obras del 'cascayu' fueron incongruentes con la situación pandémica, así lo asegura la jueza, porque, además de tratarse de una zona con una de las aceras más anchas de la ciudad, se realizaron actuaciones «invasivas» (eliminación de los tamarindos, fresado del asfalto o supresión de semáforos) que revelan que «no tenían un verdadero carácter provisional». En este punto el fallo dice que «no se puede asegurar de manera contundente que las obras sean provisionales, adecuadas y coherentes con la finalidad perseguida».

Una obra de tres meses

El Ayuntamiento recurrió al artículo 16 del Real Decreto Ley 7/2020 (medidas urgentes para responder al impacto de la covid) para acometer las obras. Una norma que implicaba una «actuación inmediata». Y a este requisito no se ciñó el Ayuntamiento porque las obras se ejecutaron en tres meses y no concurría un grave peligro. También en el último motivo de impugnación la jueza da la razón a Stop Muro. El Ayuntamiento no obró conforme a lo acordado en el plan especial urbanístico del Muro, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) en junio de 2004 e incorporado en el actual PGO. El plan urbanístico plantea la restricción total del tráfico (supeditado a la construcción de un túnel subterráneo) o restringirlo parcialmente, si bien debe garantizarse la circulación en ambos sentidos. Considera por tanto el fallo que la situación actual del Muro contraviene a lo acordado en 2004.

Por todo lo expuesto, la jueza se acoge al recurso interpuesto por la plataforma vecinal que, en aras de no ocasionar un gasto mayor, solicita la restitución del tráfico y renuncia a la demolición total de lo actuado. «Han sido más de 20 meses de intenso trabajo. Estamos muy satisfechos», explicó la portavoz de Stop Muro, Montserrat Medina. «Es un aviso a navegantes para el Plan de Movilidad», advirtió.

Pocos minutos después de conocerse la sentencia, el portavoz de Foro Asturias, Jesús Martínez Salvador, pidió la «inmediata dimisión» de los concejales Aurelio Martín y Olmo Ron. Considera que con el fallo judicial ha quedado acreditado que «ambos actuaron de espaldas a la legalidad y mintieron a todos los gijoneses». Hace extensiva la acusación de mentir a la alcaldesa y pedirá su comparecencia, ya que consideran que debe «asumir responsabilidades políticas» por lo que denominan «el secuestro del tráfico durante dos años».

«Primero de muchos»

El PP cree que el fallo será «el primero de muchos». Según su presidente local, Pablo González, «el plan de movilidad, al igual que el Muro, y la ordenanza de movilidad serán solo un mal recuerdo del peor gobierno de esta ciudad». Los populares pedirán la reprobación del edil e instan al equipo de gobierno a cumplir de forma inmediata la sentencia.

También Ciudadanos, a través de Rubén Pérez Carcedo, afirma que «ya no cabe parapetarse en ningún informe ni en la pandemia», por lo que exige que se asuma la resolución «y no se siga dilapidando dinero público ni judicializando» el asunto.

El fallo supone un «varapalo al totalitarismo de la alcaldesa y el gobierno municipal» según el portavoz de Vox, Eladio de la Concha, quien confía en que «sea el principio del fin de las medidas de movilidad descabelladas». El edil no adscrito, Alberto López-Asenjo, considera que el plan de movilidad «se ve absolutamente desbaratado con esta sentencia» y lamenta que «tenga que ser la justicia la que instaure el sentido común» ante un gobierno «sectario y radical».

Desde Podemos-Equo, Laura Tuero advierte: «No es posible hacer políticas urbanísticas justas si se deciden al margen de la participación ciudadana y el consenso» e insta a crear un proyecto «que ilusione a la ciudad» para el Muro del siglo XXI.

Por otro lado, la coordinadora local de IU Ana Castaño, lamentó la decisión judicial, que cree que obedece a «cuestiones administrativas» y no cuestiona el objetivo del Ayuntamiento y el actual gobierno municipal de «recuperar el espacio para la ciudadanía». Ardura declinó dar declaraciones hasta estudiar el fallo. Y el presidente de la FAV, Manuel Cañete, espera que se recurra el fallo judicial.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios