El TSJA acepta el recurso del Ayuntamiento de Gijón por las adjudicaciones de los contratos de los ríos Piles y Peñafrancia
Considera que el Grupo no tiene legitimidad para recurrir las contrataciones de los estudios ambientales
La justicia da por fin la razón al Ayuntamiento en uno de sus conflictos judiciales abiertos. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) estimó ... este viernes el recurso municipal contra la sentencia del juzgado Contencioso Administrativo 1 que anulaba los contratos con la Fundación Conde del Valle Salazar, de la Universidad Politécnica de Madrid. Entidad que realizó un estudio de diagnóstico ambiental y otro de asistencia técnica de los ríos Piles y Peñafrancia.
Consideraba la jueza que la fundación se excedía de sus funciones porque «se trata de un informe técnico de diagnóstico medioambiental que emite propuestas concretas de actuación y de llevar a término labores de asistencia técnica». Fueron –a juicio del Grupo y el juzgado– contratos adjudicados de forma directa y sin concurrencia competitiva. Los trabajos tuvieron un valor de 16.335 euros.
Pero ante un nuevo revés judicial, el Ayuntamiento apeló sosteniendo que el Grupo carecía de interés legítimo para impugnar los actos administrativos. El grupo apelaba al convenio para el aprovechamiento deportivo del entorno de Las Mestas para considerarse una persona jurídica aceptada. También que la fundación carecía de solvencia para resultar adjudicataria de los dos contratos.
Ante estos motivos, el TSJA considera que, pese a la existencia de un convenio –anteriormente citado– entre el Consistorio y el Grupo, este acuerdo «no puede impedir al Ayuntamiento realizar una actividad de indagación sobre el estado de los ríos, y de las actuaciones que desde el punto de vista medioambiental se haya decidido o decida que puedan llevarse a cabo». Se deduce entonces que el alto tribunal asturiano deslegitima al grupo por carecer de un interés directo sobre el resultado de esos estudios.
El mismo juzgado que hoy el TSJA desautoriza fue el que tumbó el proyecto del anillo navegable (también el 'cascayu'). El sentido del fallo da esperanza al Ayuntamiento sobre la posibilidad de que se estime su recurso contra la sentencia que tumbó el proyecto municipal para el río. Desde el Grupo salen al paso y aseguran que «la otra sentencia recurrida por el Ayuntamiento no tiene por qué correr la misma suerte, puesto que el proyecto contra el anillo navegable afecta a una infraestructura donde el Grupo ostenta, sin lugar a dudas, interés directo y legitimación para su impugnación».
En un comunicado, la entidad deportiva asegura que sus servicios jurídicos estudian ahora la sentencia notificada para valorar un posible recurso de casación.
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