El jurado falla que la muerte del maestro pixueto David Carragal fue un homicidio
J. C. C., que pidió perdón, se enfrenta a una pena de entre 10 y 15 años de cárcel; y sus amigos a una multa por omisión de socorro
alberto arce
Sábado, 20 de marzo 2021, 01:06
El Tribunal del Jurado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial se ha demorado. Nueve horas han sido las necesarias para declarar culpable de homicidio doloso a J. C. C., el llanisco que propinó la patada que «ocasionó la muerte», tal y como han reiterado este viernes tanto la acusación particular como el Ministerio público en la última jornada del juicio, de David Carragal, el maestro cudillerense de 33 años que perdió la vida tras no lograr superar las lesiones que sufrió después de ser agredido en la última noche de fiestas de La Florida, en Oviedo, en 2019.
Este veredicto conlleva una pena de entre 10 y 15 años de prisión. Para los dos amigos del acusado, a los que la familia les pedía un delito de omisión del deber de socorro, el jurado les ha declarado culpables, rechazando la apreciación de atenuante alguno.
La de ayer fue la última sesión del juicio, que se alargó durante toda la semana con jornadas diarias de más de seis horas cada una de ellas. Ayer, las partes terminaron de practicar las distintas pruebas. Los principales cambios desde el lunes se dieron a primera hora, después de que el Ministerio Fiscal elevase su petición de pena de cárcel de 11 a 15 años al considerar que la patada que el pixueto recibió en la cabeza causó la muerte «sin solución de continuidad», aunque la fractura craneal fuera motivada por la caída al suelo. Así lo expuso la fiscal durante la modificación de la calificación provisional ante el tribunal popular.
«Para mí la diferencia es irrelevante», señalaba la fiscal, cerrando el debate que había centrado las jornadas anteriores en si la fractura craneal severa y las lesiones por contragolpe añadidas que terminaron con la vida del pixueto el 17 de junio de 2019 habían sido provocadas por la patada de J. C. C. o por la caída contra el pavimento del paso de peatones del Paseo de la Florida, a la altura del número 58. El principal acusado, ha sentenciado, «buscaba bronca y pelea» aquella noche, y «cuando dio la patada en la cabeza de David Carragal era consciente de que con ese golpe era altisimamente probable que esa persona se desestabilizase, quedase inconsciente y cayese al suelo». Y mostrando, en todo caso, ha abundado, «falta de empatía».
El otro gran cambio con respecto a las calificaciones provisionales lo protagonizó la defensa del llanisco, ejercida por el letrado Gabriel Cueto, que modificó sus conclusiones iniciales para admitir ahora un delito de lesiones en concurso ideal con un delito de homicidio, con una posible pena de un año y nueve meses de privación de libertad, pero con las atenuantes de confesión y reparación del daño tras haber hecho efectivo un ingreso de 20.000 euros a la familia a modo de responsabilidad civil.«J. C. C. acude irreflexivamente (al lugar donde se encontraba David Carragal y sus dos amigas con los dos acompañantes del llanisco, A. S. S y R. B. D.), de ahí nuestro cambio en la defensa, y es algo de lo que tiene que hacerse responsable». Ahora bien, ha expuesto durante la fase de informe, su cliente «reaccionó de forma instintiva a una situación de amenaza».
Eso sí, «quizá tal amenaza (el lunes había declarado que escuchó a Carragal decir 'como la sigas mirando os voy a rajar') en los términos que creyó que existía no existió», ha señalado, para invocar a renglón seguido el 'in dubio pro reo' -en caso de duda, por ejemplo, por insuficiencia probatoria, se favorecerá al imputado o acusado-. En ese sentido, la acusación particular ejercida por el letrado de la familia, Ángel Bernal, elevó a definitivas sus conclusiones iniciales, pidiendo para J. C. C. 16 años de prisión por un delito de asesinato. Este, en ese sentido, sí afirma que la patada fue la que motivó las graves lesiones cerebrales que terminaron con la vida de Carragal seis días después de su ingreso en el HUCA.
«Por la brutal patada David murió. La cabeza es una parte vital. Nosotros sostenemos que la patada fracturó el cráneo, que es lo que provocó la hemorragia, el contragolpe, etc., pero para el derecho y el sentido común da igual», ha explicado Bernal. «¿Qué diferencia hay entre sí la patada provoca la factura o la provoca la caída, provocada a su vez por la patada? Eso nunca es un accidente ni una imprudencia. No hay nadie que no tenga claro que eso puede matar. Es imposible decir que fue un accidente», ha concluido el letrado.
En contexto
La última palabra
Durante el turno de última palabra, J. C. C., quiso aprovechar para disculparse y mostrarse arrepentido. «Me gustaría decir que estoy muy arrepentido de lo que pasó esa noche, que soy consciente de que actué de una forma imprudente, pero nunca quise que David se muriera». Con la cabeza baja, ante el presidente del tribunal del jurado, ha pedido perdón a la familia de David Carragal: «Me gustaría pedir perdón personalmente a los familiares y a sus amigos, y repetir que en ningún momento quería que pasara algo así». «Es un peso que me voy a llevar conmigo toda la vida», ha admitido el llanisco, que apenas contaba con 18 años durante el momento de la agresión. Lleva 21 meses en prisión preventiva.
Ese mismo turno, en el que el ovetense A. S. S. prefirió no decir nada, el otro llanisco, R. B. D., ha alegado que «Quería decirles que yo en ningún momento me paré a pensar que podía llegar a pasar esto. Si fuese consciente de que iba a pasar, no hubiese abandonado ese lugar, y que lo siento», ha lamentado.
Omisión del deber de socorro
Del otro lado, los letrados de A. S. S. y R. B. D., José Joaquín García y Sergio Herrero, respectivamente, lucharon en todo momento por lograr la absolución de sus defendidos. Al primero, «porque no participó ni en la agresión ni en el altercado posterior en el autobús» aquella noche, en el que los testigos afirmaban que J. C. C. había estado a punto de «abalanzarse» sobre otro grupo de jóvenes sin intención aparente. El segundo, ha determinado su letrado, porque si bien lo que hicieron los tres procesados al escapar corriendo de la escena reflejó una «falta de humanidad», en los mismos términos, «no puede ser considerado delito porque a los pocos segundos de que Carragal cayese al suelo sus acompañantes, ambas enfermeras (y dos chicas más), ya lo estaban auxiliando».